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SENAME y la reinserción fallida: la otra cara del sistema de justicia juvenil

Por ~ Publicado el 20 marzo 2026

La Ley 20.084 nació con la promesa de reinsertar a adolescentes y jóvenes infractores en la sociedad, pero durante años mostró ser insuficiente. El 61% de quienes ingresaron al Sistema de Justicia Juvenil egresó antes de completar algún programa de protección del Estado, y el 47% de los adultos en la cárcel pasó previamente Sename. La falta de acceso a salud mental dentro de los  Centros de Internación Provisoria y Régimen Cerrado (CIP-CRC),agravó la situación. Hubo casos de suicidios, asesinatos y consumo problemático dentro de los mismos recintos, dejando al descubierto un sistema que, lejos de proteger, expuso a los jóvenes a riesgos extremos. El antiguo modelo del SENAME cerró en enero de 2026 y será reemplazado gradualmente por el nuevo Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, pero la deuda histórica aún sigue vigente.

Por José Tomás Pávez 

Esté reportaje fue escrito para el ramo Proyecto de Título.


Misael Ortiz -mecánico- vive en Pichilemu. Roza los treinta y, a través de una video llamada, cuenta cómo su vida está marcada por la violencia desde la infancia. En sus palabras hay nerviosismo, pero se contiene. También hay alegría sincera. Hace poco se convirtió en padre y siente que al fin va por “buen camino”.
Tenía cerca de tres años cuando ingresó a una residencia. Lo que quiere decir que se tomó una medida de protección temporal donde niños, niñas y adolescentes (NNA) son acogidos en un hogar familiar mientras se determina una solución de protección permanente, como la reintegración familiar o la adopción. En la casa, con sus padres, la violencia era constante. Entre los tres y diez años pasó por al menos tres familias de acogida; su madre sólo lo visitaba una vez al mes.

Al momento de regresar con ella, ya tenía otra pareja. Allí volvió la violencia y además fue víctima de abuso sexual intrafamiliar. Apenas tenía 11 años: “Me marcó para toda la vida, que fue el abuso que tuve… y no tuve la valentía de contárselo a mi madre; y no pasó solo una vez, pasó varias veces y hasta el día de hoy lo recuerdo”.
A los trece años, Misael ya había delinquido, ocasionalmente, junto a otros dos adolescentes. Robaba dinero a los transeúntes en el centro de Puente Alto. Más tarde, comenzó a consumir llegaron el alcohol y algunas drogas. A los diecisiete ya sumaba 27 detenciones.
Pasó gran parte de su juventud en distintos centros del Servicio Nacional de Menores, el SENAME (Hoy Servicio Mejor Niñez). En sus palabras, su experiencia, fue claramente negativa: “En general todo era muy… malo. Se portaban mal, había peleas, robos, drogas. Fue una mala experiencia, algo que no debería pasar adentro.”

El encierro

Otro caso calcado a la vida de Misael es el de Felipe Benavides, un joven entusiasta y alegre, de 20 años de edad. Hoy se encuentra realizando un taller motivacional con adolescentes a quienes les muestra la realidad y consecuencias de la vida delictual. Actualmente estudia Trabajo Social en la Universidad Tecnológica Metropolitana. Empezó a robar a los 11 años. Nunca conoció a su padre: “El rol de padre lo hizo mi abuelo, mi madre fue la que me crió… Entonces mi madre siempre ha sido mi superheroína…”, dice.

A los 14, Felipe fue detenido por robo con intimidación, en la comuna de Puente Alto, y fue derivado al Centro de Internación Provisoria (CIP) de San Joaquín. Allí fue testigo de la violencia que se vive entre pares, la jerarquía sobre la base de los delitos que los jóvenes habían cometido, las deplorables condiciones en que se encontraban los adolescentes interno; “Había casos de drogadicción, pero ya no era tanto como el fumar o marihuana o hacer esas cosas, sino que había otro tipo de cosas que hacíamos para poder drogarnos dentro del centro”, dice.

Lo vivido por Misael y Felipe, que, si bien tiene una década de diferencia, son situaciones muy similares, abandono del padre, inicio delictual cuando aún eran niños. De ahí a la reclusión temprana en diferentes centros de internación, más la violencia, recintos sin separación etaria o perfil criminal.

El Estado de Chile firmó diferentes tratados sobre derechos humanos, como fue la ratificación que suscribió, el 14 de agosto del año 1990, de la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, lo cual implicaba proteger y garantizar los Derechos de todos los niños, niñas y adolescentes (NNA); esto significa que los niños deben ser considerados sujetos de derechos y por lo mismo esto implica la adopción de medidas legislativas, administrativas y judiciales para asegurar que estos derechos sean respetados y protegidos.
La Convención firmada por Chile, se basa en cuatro principios fundamentales: la no discriminación, el interés superior del niño, su supervivencia, desarrollo y protección, y su participación en las decisiones que le afectan.

El Estado de Chile, siguiendo con los compromisos asumidos con las Naciones Unidas, el 28 de noviembre de 2005 promulgó la ley 20.084, que entró en vigencia el 8 de junio de 2007, es la llamada Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, que tiene como objetivo principal regular la responsabilidad penal de los adolescentes que cometen delitos. Esto incluye: regulación del procedimiento, de atribución de responsabilidad, determinación de las sanciones y determinación de la forma en que se ejecutarán las mismas. Pero el foco más relevante se puso en las sanciones y sus consecuencias tal como lo afirma en su artículo 20: “Las sanciones y consecuencias que esta ley establece tienen por objeto hacer efectiva la responsabilidad de los adolescentes por los hechos delictivos que cometan, de tal manera que la sanción forme parte de una intervención socioeducativa amplia y orientada a la plena integración social”.

Al ser los NNA uno de los grupos etarios más vulnerables de la población del país, contradictoriamente esta ley puso el foco en la justicia de carácter punitivo, postergando el objetivo prioritario de la reinserción de los adolescentes y jóvenes infractores; por eso, afirmar que la reinserción en el sistema de justicia de Chile, da mucho de qué hablar, no es una exageración, ya que nunca fue buscado como objetivo y las consecuencias de esas opciones las han tenido que pagar Misael, Felipe y otros miles de jóvenes que no estuvieron en el foco del Estado.

La trabajadora social, académica e investigadora, Sonia Brito afirma que los niños y adolescentes, han sido gravemente vulneradas/os en sus derechos “Hubo violencia en cualquiera de sus manifestaciones: física, psicológica, económica, sexual, entre otras -luego agrega- las/los Jóvenes transcurren sus vidas con una desesperanza aprendida, no confían en las personas adultas, ni en las instituciones. Ya el sistema les falló”.
Por otra parte, la psicóloga de la Universidad de Chile, Fernanda Salvo que toma como referencia los informes del Ministerio de Justicia y Gendarmería de Chile para hablar de la reinserción social afirma que: “Es un proceso sistemático de acciones orientado a favorecer la integración a la sociedad de una persona que ha sido condenada por infringir la ley penal. Este proceso, -explica-, se sostiene en cuatro pilares: alianzas público-privadas, con participación del Estado, el sector privado y la sociedad civil; respeto y garantía por los derechos humanos, a través de medidas adoptadas por el Estado para resguardarlos; condiciones de vida digna, relacionadas con la infraestructura adecuada para el cumplimiento de penas; y, por último, reinserción desde un enfoque local, con apoyo de los municipios para prestaciones y servicios sociales”.
Tanto en la Ley 20.084 como en la nueva ley 21.527, se ven dos focos diferentes, pero el tema de la reinserción, tal como lo presenta Salvo, sigue quedando al debe, ya que en el sistema de justicia, no se cuenta con la estructura adecuada que permita avanzar con un proceso real que asegure el desistimiento delictivo; será necesario pensar y promover un gran pacto social por la reinserción, solo de esa manera, la sociedad chilena, se hará cargo de los miles de adolescentes y jóvenes que buscan una oportunidad para integrarse en el entramado social y desarrollarse plenamente como seres humanos.

Los adolescentes y jóvenes infractores de ley nuevamente se han convertido en un tema de debate, esto especialmente ante una serie de crímenes o acciones violentas protagonizadas por adolescentes, como fue el hecho de connotación pública, cuando un grupo de cinco jóvenes, entre los cuales tres son menores edad, asesinaron al ciudadano francés Dimitri Weiler, el día 28 de febrero del presente año.

Mientras dure la investigación, decretada por el Tribunal, estos adolescentes estarán recluidos en el Centro de Internación Provisoria Tiempo Joven de San Bernardo Participarán en Talleres de Reeducación, independientemente de la condena que reciban.

El sistema que falló

El cientista político, Gabriel Guzmán, Encargado del Observatorio de Derechos de la Defensoría de la Niñez, presenta un dato relevante y preocupante al afirmar que: “… el 61% de adolescentes que entraron al Sistema de Justicia Juvenil tuvieron un egreso antes de algún Programa de Protección del Estado”.
En este sentido, también es significativa la afirmación que realiza la periodista y escritora Alejandra Michelsen, directora de la Fundación ITACA, que ha trabajado en el proceso de reinserción, impartiendo talleres de literatura por más de 15 años. Ella accedió a una entrevista en la sede de la Fundación, en una antigua casa en Las Condes y su primera aseveración es algo que recalca en números: “El 47% de las personas adultas en la cárcel, estuvieron en hogares del SENAME. Entonces eso te habla mucho de cuál es la realidad, y por lo tanto de cuántas redes se necesitan para apoyarlos”.
Los datos muestran cómo el sistema le ha fallado a Misael y Felipe, como también a muchos otros adolescentes, toda vez que no ha logrado reinsertarlos socialmente, a pesar de los diferentes programas existentes en el país, fracasa el sistema en su conjunto. Para la profesional es el Estado de Chile quien debe hacerse cargo del acompañamiento, seguimiento y reinserción, pero para esto debe haber grandes transformaciones a nivel de Estado y de la sociedad en su conjunto.
De acuerdo a lo que establece la Ley 21.527, que creará el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, será necesario realizar una serie de cambios para que el Estado, con sus diversos organismos, incluidos los Ministerios de: Justicia y Derechos Humanos, Educación, Interior y Seguridad Pública, Desarrollo Social y Familia, Salud, entre otros; reflejan y concreten nuevas políticas públicas que promuevan la reinserción social de los adolescentes y jóvenes infractores de ley, de tal manera que aquello planteado por Michelsen cuando afirma que: “… el Estado no contrata a personas que tienen antecedentes, por lo cual no va a funcionar el sistema de ninguna manera”, pueda ser superado.

Para los entrevistados, el tema no es solo aumentar las plazas con más profesionales que acompañen, que por cierto son insuficientes, sino crear políticas de Estado que se hagan cargo del proceso en su conjunto. No es solo la falta de profesionales y profesionalismo de parte de los funcionarios, como lo afirma la Gestora de Redes del Centro Semicerrado de La Cisterna Marcela Latuz: “(…)También hay aspectos institucionales que no necesariamente dependen de la intervención directa del educador, sino que son factores externos; como por ejemplo que existan oportunidades, que las instituciones funcionen adecuadamente en función de los requerimientos de intervención de cada joven”.

Por otro lado, también se debe relevar el hecho que no existe un acompañamiento adecuado en las instituciones estatales y los profesionales no hacen su trabajo como relata Misael en la entrevista realizada: “(…) Había asistentes sociales y psicólogos, que ellos también tenían tu seguimiento, te apoyaban, más por trabajo, sí, más que nada, pero no encuentro que era un apoyo real, no como significativo… para uno que era menor de edad, entonces ahí se supone que uno debe tener un apoyo distinto con lo que es asistente social y psicólogo”. Luego agrega, casi a modo de conclusión: “Entonces, no era como un apoyo que uno lo veía real, como de interés hacia uno para que uno vea otra mirada, tener otra mirada”.

Una valoración similar tiene Felipe de su participación en los talleres que se ofrecían al interior de los Centros de Internación, confiesa que no aprendió nada que le sirviera para la posteridad, para su vida como adulto. “Hicieron un taller de ejercicio, entre comillas era un taller de fútbol que nos pasábamos pegando, obviamente porque era fútbol canero y poco más en realidad. Si no era la escuela, era el taller de fútbol. Al final, no sirvió de nada en realidad”.

“Cárceles” para adolescentes

Con la intención de conocer de manera directa, la situación que se vive al interior de los Centros de Internación Provisoria, se realizó una visita hasta la apartada, y reconocida por la gente como: “La Cárcel Juvenil Tiempo Joven”. En terreno y en entrevistas con dos de sus educadores de Trato Directo que acompañan a los adolescentes (entre los 14 y 17 años), mientras dura la investigación por los delitos que se les imputan.
Uno de los profesionales es Juan Carlos Cornejo, Educador de Trato Directo (ETD) del Centro de Internación Provisoria Tiempo Joven. Tiene más de 20 años de experiencia y reconoce que en los centros les ofrecen mejores condiciones de vida a los jóvenes, en comparación con las que tienen en sus familias: “Nosotros tuvimos chiquillos condenados, entonces se hacía todo un trabajo tratando de reinsertarlos en la escuela por un par de años y después volvían al lugar de la población en donde no tenían nada, de hecho, hay cabros que están mucho mejor aquí adentro que afuera, es triste decirlo : tienen de todo, pensando de dónde vienen, generalmente no tienen casi nada, vienen de familias que están involucradas en tráfico, que los papás están presos, que los hermanos están presos, entonces reinsertar ese joven a la sociedad es un tema re complicado”.


Otro aspecto que explica es la llamada multicausalidad de factores o instancias que influyen en las conductas delictivas de los infractores. Cornejo dice en relación al tema de las familias de origen de los adolescentes y jóvenes imputados, como también sus círculos de amistades son parte del problema. Sonia Brito afirma claramente que: “Muchas veces las familias se encuentran ausentes tanto materialmente como físicamente, ya sea por familias disgregadas, o porque uno o ambos padres están privados de libertad, entre otros”.
Gines Alvarado, quien también tiene dos décadas de experiencia al cuidado de jóvenes internos de estos centros, comenta que después haber cumplido diferentes servicios en varios centros, actualmente es Gestor de Redes en el Centro Tiempo Joven, en donde fue además su director. En la entrevista, al momento de realizar una suerte de caracterización de los adolescentes y jóvenes que ingresan a dicho centro por orden del Tribunal, aporta valiosa información: “Provienen en alto porcentaje de comunas de sectores populares que presentan alta densidad poblacional y pertenecen a familias en donde alguno de los padres ha hecho abandono del hogar, sumado al consumo de drogas por parte de estos, presentando escasas reglas y normativa en el entorno familiar entre otras variables. Realizando abandono de la escuela en algún momento de su historia escolar”.
Otro profesional, de Trato Directo, del Centro Tiempo Joven, Francisco Jara, Educador Diferencial y que trabaja allí desde hace 30 años, profundiza aún más en el perfil de los jóvenes que ingresan al centro afirmando que muchos de estos chicos, son adolescentes que llevan una vida delictual desde muy temprana edad “A veces comienzan desde los ocho años, y quizás muchos han sido dejados en la calle, y llegan acá con doce o catorce años… muchos no tienen hábitos e integran familias muy disfuncionales (…) Robar era un patrón, parte de la vida cultural”. Como se puede ver, es erróneo concluir que es solo la falta de profesionales, siendo este uno más de los factores que influyen, sino que, son una serie de errores sistemáticos que llevan a afirmar que el Estado le ha fallado a Misael, a Felipe y a miles de jóvenes que se ven envueltos en complejas situaciones, por el hecho de ser infractores de ley.

De una justicia punitiva a una restaurativa

La Ley 20.084, tenía un foco eminentemente de carácter punitivo, vale decir, ponía el acento en establecer las formas o procedimientos por los cuales se realizaban las investigaciones, para llegar a establecer o definir responsabilidades, y de esa manera finalmente establecer las condenas; incluso va más allá, ya que fija, cómo se ejecutarán dichas sanciones y así lo establece en su primer artículo: “La presente ley regula la responsabilidad penal de los adolescentes por los delitos que cometan, el procedimiento para la averiguación y establecimiento de dicha responsabilidad, la determinación de las sanciones procedentes y la forma de ejecución de éstas”.

Si bien, la propuesta legal, hacía alusión a la necesidad de considerar el bien del adolescente, tal como se expresa en el artículo segundo: “En todas las actuaciones judiciales o administrativas relativas a los procedimientos, sanciones y medidas aplicables a los adolescentes infractores de la ley penal, se deberá tener en consideración el interés superior del adolescente, que se expresa en el reconocimiento y respeto de sus derechos”. Sin embargo, esto se podría leer de manera restrictiva, ya que el interés superior del adolescente viene interpretado como el mero reconocimiento de sus derechos.
Eso se suma a las escasas tasas de reinserción, además del hecho que es casi imposible tener cifras reales y certeras, y por otro lado la constante manipulación estadística, con fines políticos e incluso electorales, crea un grado de incertidumbre acerca de la eficacia de las medidas y programas de reinserción.

Sonia Brito, al ser consultada sobre el porcentaje de jóvenes infractores qué logran reinsertarse socialmente responde: “Es necesario mencionar que, la reinserción social de jóvenes infractores de ley es una cuestión que suscita un debate y problematización permanente debido a la baja incidencia, aun cuando ha habido avance en mejorar las leyes, normativas y procedimientos. El porcentaje de éxito es variable y depende de varios factores…” Además, agrega otro elemento que hace complejo calcular los porcentajes reales de reinserción: “Es recurrente que las/los jóvenes ingresen y egresen por fuga o por no adherencia, lo que significa que en reiteradas oportunidades circule por diversos centros o instancias”.

Por estas razones no ha sido posible acceder a cifras certeras, pero es coincidente entre los entrevistados reconocen el bajo porcentaje de reinserción, por lo cual la cuestionada ley 20.084, definitivamente no facilitó este proceso.
La nueva Ley cambia el foco de trabajo, un cambio paradigmático, ya que no solo reconoce a los adolescentes y jóvenes como sujetos de derechos, sino como actores sociales, por lo cual es la sociedad en su conjunto la que debe contribuir en el proceso de reinserción. La ley al momento de definir el objeto asume esta nueva visión, pero retomando lo establecido por la ley anterior, como queda manifestado en su artículo 2: “El Servicio (Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil) es la entidad especializada responsable de administrar y ejecutar las medidas y sanciones contempladas por la ley N° 20.084, mediante el desarrollo de programas que contribuyan al abandono de toda conducta delictiva, a la integración social de los sujetos de su atención y a la implementación de políticas de carácter intersectorial en la materia”.

La Trabajadora Social de la Pontificia Universidad Católica, Andrea Comelin Fornés, releva la complejidad y los desafíos que implica alcanzar este objetivo, donde se debe asumir los diversos factores que inciden para provocar el cambio y llegar al desistimiento delictivo, ella expresa que: “Si se llega tarde es relevante una intervención sistémica estructural, es decir abordar a la familia, el contexto más próximo del joven, no solo al joven, como también el abordaje intersectorial real, el trabajo de incorporación comunitaria, ya que el sentido debe ser de justicia restaurativa, no punitiva”.

Para asegurar que las intervenciones sean educativas y permitan una reinserción social, donde toda la comunidad sea parte de la solución, y lo que se busque sea la reparación de la víctima y la restauración también del joven, en el sentido de que la intervención contemple su psicoeducación, una conciencia de daño, una integración social y una apertura de la comunidad a su reinserción; es imperativo el cambio de enfoque, ya que va más allá de las acciones que se realizan en el Centro, debido a que implica o exige a la sociedad civil asumir tareas para el logro de dicho objetivo.

La tarea de la reinserción es un tema multifactorial donde la familia, como factor protector, es más que relevante, Comelin considera que la familia es un actor clave en estas circunstancias, además vincula con el concepto de justicia restaurativa y familia enfatizando que: “Es lo más relevante, ya que una justicia restaurativa implica una mirada compleja e integrativa, también de las familias”.

Según el profesional, el trabajo con jóvenes infractores de ley es complejo y desafiante, ya que implica un cambio de modelo, al momento de poner el foco en la reinserción, por tanto, en una propuesta de justicia restaurativa que involucra no solo al infractor, sino también a las víctimas y todo el entorno social donde se desenvuelve. Comelin Fornés afirma que: “El trabajo con jóvenes que han infringido la ley penal no es un trabajo simple. Debe ser abordado con profesionales de alta especialización y con equipos consolidados que eviten la rotación laboral de sus componentes. Lo anterior lo indico porque son jóvenes que presentan un trayecto vital con una historia familiar muy compleja, lo que impacta en su desarrollo biopsicosocial y en su salud mental, generando dinámicas que los excluyen socialmente”.

La propuesta de un modelo de justicia restaurativa; es el sistema ideal para tener mayores posibilidades de éxito y lograr la reinserción de manera efectiva, y que además garantice una verdadera reparación para el victimario y su entorno, de lo contrario continuará el mismo círculo de condenas y liberaciones que no favorecen a nadie y que pueden producir todavía más daño a los infractores que viven una precariedad social, psicológica y física. Como dicen Tomás Cortés y Nicolás Grau en su artículo de CIPER: “Privar de libertad: un mecanismo eficiente para que menores de edad vuelvan a delinquir”, afirman que: “Creemos que encerrando a los jóvenes que cometen delitos les damos una lección que puede corregir su rumbo. Un reciente estudio muestra que esa creencia es un error: la privación de libertad aumenta en 36 puntos porcentuales la probabilidad de que un joven reincida al llegar a adulto”.

El número de jóvenes egresados, en los últimos tres años, de los dos Centros de cumplimiento de condenas Semi Cerrados de la Cisterna y Calera de Tango, es mayor al número de ingresados, como también un porcentaje significativo vuelve a reingresar a dichos Centros; lo que se llama o se conoce como “puerta giratoria”; vale decir, cumplen la sanción, efecto de un sistema punitivo, pero se está lejos de lograr la reinserción.

Según datos obtenidos por Transparencia del año 2022 al 2025 se deprende que cada año disminuye el número de ingresados, vale decir muchos de los imputados entonces tienen otro tipo de sanciones alternativas, pero como se afirmó anteriormente, no hay evidencia de que se viva un proceso verdaderamente restaurativo.

La historia de Misael muestra cómo el sistema centrado en lo punitivo no logra generar las condiciones para la reinserción; él tiene una extensa experiencia de delitos, consumo de drogas y alcohol desde los 13 años de edad, y toda su vida fue un deambular por diferentes centros del SENAME, de los cuales se escapó en varias ocasiones por la inseguridad y los peligros que se vivían dentro, él relata: “Ya no quería más esto para mi vida, no quería seguir en hogares encerrado estando con otras personas.. de ahí me arranqué, no quería nada, me fui para la calle no quería volver al hogar, no quería ver cómo se abusaban entre ellos, eso me daba mucho miedo a mí…”

Luego el adolescente Misael, a los 17 años de edad fue condenado por un juez a cuatro años y un día de presidio en una cárcel juvenil, es desgarrador el relato que hace de esa experiencia: “Terrible, terrible… fue como que el mundo se me vino encima, quería puro matarme yo, morirme, quería puro suicidarme, lo intente varias veces adentro, me ahorque, por lo menos tres veces, me cortaba los brazos, fue una angustia tremenda, se me vino todo el pasado encima, se me vino mucha culpa encima…”

¿Cárceles juveniles concesionadas?

Se ha sugerido crear cárceles concesionadas para menores de edad, que según algunos otorgarían mayores posibilidades de reinserción de los jóvenes transgresores de la ley, pero la realidad es otra; si bien las empresas privadas han logrado administrar de manera más eficiente la infraestructura y ciertos recursos en el sistema penitenciario, esto no se refleja en la mejora de los porcentajes de reinserción, como tampoco en evitar la reincidencia en el delito de los jóvenes que egresan de este sistema.

El modelo de Cárceles Concesionadas requiere una mayor coordinación con las empresas privadas y otros actores fuera del sistema penitenciario, como organizaciones sociales, municipios, organismos no gubernamentales, etc. Por tanto, se releva el hecho que es una realidad multifactorial, si bien las cárceles concesionadas han logrado mejoras en la infraestructura y ciertos servicios, según el artículo de Sanhueza y Pérez: “Es necesario que la reinserción sea un tema central dentro del quehacer de las cárceles concesionadas y los esfuerzos tanto desde Gendarmería, como desde los grupos de concesiones vayan en esa línea, de manera coordinada y efectiva”.

Alejandra Michelsen asegura que, para lograr un mayor porcentaje de reinserción, es necesario que toda la sociedad colabore y dejar atrás la idea de que el encierro como método de castigo es efectivo para lograr el desistimiento delictivo, ya que según ella se logrará todo lo contrario a lo que se está buscando, por lo mismo expresa que: “hay que convencerse, a todos nos da miedo la delincuencia ¿Cierto? O sea, se entiende esa reacción como de susto y de querer estar seguro ya, está bien, pero no podemos decir apártenlos nomás, que no tengo el interés”.
La sociedad debe tomar conciencia que el tema de la reinserción es una tarea de todos, no solo de los jóvenes infractores de ley. Michelsen sostiene: “Hay que convencer a la gente de que eso es lo relevante. Porque a todos nos afecta, a ellos también, ellos también han estado al margen siempre”.

Misael y Felipe, comenzaron a transitar hacia la reinserción, solo cuando entraron a jugar un rol de acompañamiento organismos privados o como la Fundación Itaca. Para ambos, iniciar un proceso de liberación de culpas y reconexión con sigo mismo es lo primordial. Su relato es elocuente y, en cierto modo, refuerza el hecho que la reinserción es tarea de todos los organismos sociales: “Y al momento de que cambio mi manera de ver las cosas fue cuando empecé un taller de literatura, empecé a ir y fue el momento de que conocí lo que es escribir y leer, y que traían estas cosas a tu vida; me acuerdo que en esos momentos yo no me quería nada, no quería nada conmigo… conocí a Alejandra Michelsen, que es mi madrina… ella me entregó una paz, una tranquilidad, un amor, una paciencia tremenda que nunca nadie me la había entregado en la vida”.

Felipe afirma que: “La Fundación Ítaca me formó harto como persona, como lo que soy ahora y siempre voy a estar agradecido con ello”. Luego agrega el porqué de esta afirmación: “Nos hicieron talleres de costura, nos hicieron talleres de chocolatería, repostería, nos hicieron talleres de yoga, nos hicieron un montón de talleres que me ayudaron a crecer como persona”.

Sin reincersión 

La voz de Juan Carlos Cornejo se vuelve casi trémula cuando recuerda lo que ocurre con muchos adolescentes que pasan por el centro Tiempo Joven. Habla desde la experiencia, pero también de lo que ha visto y lo frustra cotidianamente. Dice que, al menos ahí dentro, los jóvenes están a salvo y que afuera todo puede pasar.
Recuerda un caso en particular, un chico que estuvo apenas dos meses internado. Salió en libertad y, a los tres o cuatro días, lo mataron. “Acá por lo menos los deja fuera de una posible muerte”, dice. Y agrega que muchas familias saben que, pese a todo, creen que sus hijos están mejor dentro que fuera.
Cornejo duda un poco al dar el nombre de ese joven. Se llamaba Roberto Flores. Había estado en el Centro de Internación Provisoria Tiempo Joven, acusado de participar en robos con violencia y historia no era distinta a la de muchos otros jóvenes que vio pasar en el centro. Roberto había abandonado el colegio y creció en un entorno marcado por la ausencia de su madre y el maltrato constante de su padrastro.
Para Cornejo, Roberto estaba más protegido dentro del centro que en su propia casa. Ahí tenía comida asegurada, agua caliente y comida.
Cuando Roberto salió fue baleado en un funeral. Allí lo balearon. Tenía apenas quince años.

Es creciente el número de menores de edad, entre 14 y 17 años, que han muerto de manera violenta, entre los años 2018 y 2023, suman 75 adolescentes muertos, mientras que en el caso de los mayores de edad la cifra es más alarmante, ya que son 119 jóvenes quienes han muerto en el sistema, donde el Estado debía protegerlos. No se puede pensar solo en una estadística, sino que se debe asumir como una crítica al sistema en su conjunto y por lo mismo sostener que el Estado les ha fallado a estos menores de edad.

La nueva ley exige involucrar a los diversos organismos de la sociedad para hacerse cargo y asegurar el cumplimiento de los derechos fundamentales, como es precisamente el derecho inalienable a la vida, y que el Estado de Chile a ratificado en diversos tratados que ha firmado, como, por ejemplo: “La Convención Americana sobre Derechos Humanos”.
En este escenario el sistema Privativo de Libertad, tampoco ha sabido proteger y garantizar la vida de estos jóvenes, esta afirmación por dura que parezca, queda en evidencia en los números.

Según los datos obtenidos en el Anuario Estadístico de Sename, son trece menores de edad que, estando privados de libertad, han perdido la vida y treinta mayores de edad que murieron, en diferentes circunstancias en el sistema privativo de libertad, es decir, mientras cumplían sentencia y estaban en dependencia del algún centro del Sename.

Entre los años 2018 y 2022, del total de homicidios en Chile, el 4,3% corresponde a adolescentes o jóvenes menores de 18 años de edad, es decir, son 220 víctimas según se puede desprender del “Informe Nacional de Homicidios consumados: una visión integrada e institucional 2018 – 2022 de la subsecretaría de prevención del delito”.
Para el mismo período como se puede ver en los gráficos precedentes, en el sistema medio libre fallecieron 67 adolescentes y para el sistema privativo de libertad fallecieron 12 adolescentes, por tanto, en el periodo 2018 – 2022 el 35,92% del total de homicidios de menores de edad, ocurridos en el país, eran adolescentes que estaban al cuidado de un programa estatal.

Recientemente, el día 9 de enero del presente año, en el Centro de Internación Provisoria de San Joaquín, un joven de 17 años de edad, decidió quitarse la vida. Su historia estuvo ligada a una familia disfuncional donde el tema de la violencia era recurrente, pero más allá de esta situación su historia se suma a los más de 100 casos de menores de edad que intentaron suicidarse en los cinco años anteriores (2020 – 2024); una evidencia más del hecho que el Estado no ha sabido proteger a estos adolescentes.

Esto deja en evidencia otra realidad que se debe considerar, dentro de las situaciones que llevan a cuestionar la acción protectora del SENAME, dice relación con los intentos de suicidio que se han verificado al interior de los diferentes centros de internación; según lo que se desprende de los: “Informes de Visitas a los Centros de Internación Semi Cerrado y Cerrado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos entre los años 2020 -2024” y que se presenta en el siguiente gráfico (cabe mencionar que no se logró obtener la información del segundo semestre del año 2022 y tampoco del segundo semestre del año 2023).

Se desprende también que, en la Región Metropolitana, para el período que va entre los años 2020 y 2024, hubo 160 adolescentes que intentaron quitarse la vida estando bajo la protección del Estado, una evidencia más para afirmar que “el Estado les ha fallado”. Misael en su relato recuerda como, estando recluido, en varias oportunidades intentó quitarse la vida, porque no veía salida ante lo que él estaba viviendo.

Un día sábado en la mañana, afuera del Centro de Internación Provisoria Tiempo Joven de San Bernardo, se puede ver un grupo de más de veinte perros que están en el recinto y que fueron abandonados. Un lugar alejado donde muchos de esos jóvenes también son abandonados y olvidados por sus familias.

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