La publicación de la estrategia judicial boliviana en la demanda presentada contra Chile en la Corte de La Haya ha desencadenado una acusación en contra de un periodista y de la directora del diario La Razón. La exigencia de cautelar los secretos de Estado colisiona con el resguardo de la fuente que proporcionó la información. El abogado Pedro Anguita desmenuza el caso y critica la decisión del gobierno de Evo Morales*.

El Vicepresidente Álvaro García informó haber decidido el camino judicial debido al fracaso que tuvieron en la búsqueda del confidente indiscreto, al parecer un funcionario público. Foto: Matthew Straubmuller
En el mes que se celebra la libertad de prensa en el mundo, surge un nuevo caso que amenaza fuertemente su ejercicio, esta vez en Bolivia. Tiene el interés añadido que se relaciona con nuestro país.
La Procuraduría General del Estado de Bolivia —equivalente a nuestro Ministerio Público—, acusó hace algunos días a Ricardo Aguilar, un periodista del diario La Razón, por los delitos de “espionaje” y “revelación de secretos”, y a la directora del diario, Claudia Benavente, por “complicidad”. La acción se originó en el reportaje publicado en el suplemento Animal Político que circula con dicho periódico.
El artículo abordaba la demanda presentada por Bolivia en contra de nuestro país en la Corte Internacional de Justicia ubicada en La Haya. Pero lo que provocó una fuerte indignación en las autoridades altiplánicas fue la publicación de la deliberación gubernamental sobre la estrategia judicial, en que finalmente prevaleció la tesis denominada “de los actos unilaterales”. Sostuvieron que el diario reveló información reservada.
El gobierno presidido por Evo Morales dedujo la acción penal y la justicia le dio tres días de plazo a los periodistas para que revelen la identidad de su fuente. Con razón, la decisión del ejecutivo boliviano ha provocado un justo y unánime rechazo por la violación a la libertad de prensa que afecta tanto a medios de comunicación como periodistas por el solo hecho de divulgar información de interés público a la sociedad.
El secreto profesional reconocido usualmente por la ley, incluida la boliviana, es un derecho y además uno de los instrumentos más útiles y eficaces que disfrutan los periodistas para acceder a un tipo de antecedentes difíciles de obtener.
Sin tal garantía, muchos ciudadanos, temerosos de represalias, no se atreverían a suministrarle a los medios información diversa y relevante para todos los ciudadanos. La democracia se resiente y se empobrece la deliberación colectiva sobre asuntos comunes. Por tales motivos, se suele decir con razón que el fundamento del secreto profesional de los periodistas es el favorecer un amplio y libre flujo informativo, tanto en su calidad como magnitud, lo que conlleva beneficios directos a toda la sociedad.
Acusar de espionaje a profesionales de la información, en el marco de un proceso judicial que se fundamenta en el impreciso término de ”secreto de Estado”, creará un peligroso precedente para los periodistas de investigación.
Existen, sin duda, valores e intereses que suelen entrar en conflicto con el secreto profesional, y en este campo como en ningún otro no existen derechos absolutos. Incluso hay países con fuerte tradición democrática y de robusto respeto a la libertad de prensa que no reconocen el secreto profesional: es el caso de Francia, Bélgica y Gran Bretaña.
En los EE.UU. ocurre otra situación. La Corte Suprema de dicho país afirmó que los tribunales de justicia podían exigirles a los periodistas que revelaran sus fuentes, lo que no infringía la Primera Enmienda que consagra la libertad de prensa (Branzburg vs. Hayes, 1972). Sin embargo, tal decisión ha ido cambiando. Hoy la jurisprudencia estadounidense ha reconocido el secreto de los periodistas, en casos que no exista otra fuente alternativa posible para llegar al fondo de un asunto judicial de especial interés general.
En otros casos, donde el gobierno sea parte, se ha resuelto que no se puede obligar a un periodista a declarar sobre sus fuentes. A menos que se pueda probar, por ejemplo, que exista causa probable para creer que el periodista en cuestión cuenta con información claramente vinculada a una violación específica de ley, no se pueda obtener la información de una forma menos ofensiva a la Primera Enmienda, y que se tenga un interés apremiante en la información. Lo anterior en parte, ha sido reconocido en la Ley Federal de los EE.UU. de Protección a la Privacidad (1980) que suele aplicarse en casos de espionajes. La ley prohíbe a los funcionarios policiales y gubernamentales emitir citaciones de comparecencia a entes periodísticos, a menos que haya causa probable para creer que el representante del medio ha cometido o está por cometer un delito, haya razón para creer que la confiscación inmediata del material sea necesaria para prevenir una muerte o lesiones corporales graves, y por último, que el material incida en información secreta o sobre la defensa nacional.
El reportaje publicado por el diario La Razón, titulado “De cómo en la demanda marítima triunfó la idea de los actos unilaterales”, contenía sin duda información de interés general no solo para Bolivia, sino también para nuestro país. Si bien la relación con Chile es un asunto sensible, acusar de espionaje a profesionales de la información, en el marco de un proceso judicial que se fundamenta en el impreciso término de ”secreto de Estado”, creará un peligroso precedente para los periodistas de investigación y tendrá un efecto disuasorio para sus fuentes de información.
Otro aspecto singular del caso —que debiese resolverse luego— ha sido la declaración del fiscal de la investigación que sostuvo que “lo único que se busca” con esa “solicitud de investigación” era identificar a la persona que habría filtrado información reservada y protegida por ley. También la del Vicepresidente Álvaro García que informó haber decidido el camino judicial debido al fracaso que tuvieron en la búsqueda del confidente indiscreto, al parecer un funcionario público.
Acusar a periodistas de delitos tan graves como el espionaje y revelación de secretos recurriendo a la vía penal, con todo lo que representa la utilización del aparato punitivo del Estado, no se condice con las razones expresadas por el gobierno boliviano en contra del diario La Razón.
Nota del editor: una versión resumida de este artículo fue publicada el lunes 19 de mayo de 2014 en la sección de “Opinión” de El Mercurio, bajo el título “Libertad de expresión y secretos de Estado”.