El lunes 4 de julio, tras un año de trabajo constituyente, la Convención Constitucional presentó a la ciudadanía la propuesta del nuevo texto constitucional en una ceremonia que convocó a los diferentes poderes del Estado. La cita, encabezada por la presidenta del órgano constituyente, Elisa Quinteros, y su vicepresidente, Gaspar Domínguez, estuvo marcada por la solemnidad y la valoración del trabajo hecho por los convencionales. Pese a que los discursos no fueron extensos, los representantes de la entidad centraron sus palabras en dejar en claro el valor de esta propuesta: la garantía de los derechos sociales para todos los habitantes de Chile.
“Amar la patria es mucho más que los emblemas, es amar y respetar a las personas que la componen. Y este amor es darle al pueblo la soberanía de escribir sus propias reglas, el poder de definir su futuro. Escribir una Constitución democrática que fortalezca la protección de los derechos es un profundo acto de patriotismo”, expresó el vicepresidente de la ahora disuelta Convención.
Ver intervención de Gaspar Domínguez en ceremonia de cierre de la Convención Constitucional:
Figuras a favor de aprobar la propuesta Nueva Constitución han señalado que uno de los puntos fuertes de la propuesta son los derechos fundamentales que en ella se consagran. Un catálogo que abarca –entre otros– los derechos a la educación, a la salud, los reproductivos, a la seguridad social y a la vivienda. Este último es inédito en la historia constitucional chilena.
Ante el déficit de viviendas, el aumento de campamentos y personas en situación de calle, junto con el alza sostenida de los precios de arriendos y viviendas, expertos y actores que participaron en la ideación del artículo constitucional coinciden en que este abre un amplio abanico de posibilidades para innovar en materia de política habitacional.
Pero la gran pregunta es cómo y de qué forma se implementará esto en la realidad. En conversación con Puroperiodismo, diferentes actores que se han involucrado con el proceso constitucional, y en específico con el artículo que consagra el derecho a la vivienda digna, explican y desglosan el impacto que podría llegar a tener esta propuesta en caso de ganar el Apruebo en el plebiscito del 4 de septiembre.
Cómo funcionará el derecho a la vivienda en la nueva Constitución
“Toda persona tiene el derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria”.
Así comienza el artículo 51 de la propuesta de Nueva Constitución. Junto con mencionar que la vivienda será un derecho para toda persona, el artículo compuesto de cinco incisos estipula que el Estado deberá tomar un rol activo en su implementación. O sea, será su deber garantizar que se cumpla.
Para Benito Baranda, ex convencional del distrito 12, lo más esencial en esta materia es el rol que pasará a tener el sector público en las soluciones habitacionales: “Lo que se está haciendo a través del artículo es hacer que el Estado tenga un rol más protagónico y no solamente el mercado. Actualmente, cuando se construyen las viviendas queda en manos del mismo mercado: quienes construyen, definen la ubicación de suelos y el diseño de las viviendas son los privados”.
Baranda ha sido una de las figuras más influyentes durante las últimas décadas en materias de políticas habitacionales. Siendo director nacional Social del Hogar de Cristo desde 1991 a 2011, y fundador y actual director internacional de la Fundación América Solidaria, el psicólogo y activista se ha hecho parte constantemente del debate político sobre las deficiencias habitacionales que han acompañado a Chile desde el retorno de la democracia. Es por esto que dentro de la Convención Constitucional fue uno de los principales impulsores y gestores del artículo que contrae los derechos habitacionales que estipula la propuesta de nueva Constitución.
“Hoy en día, ese rol protagónico se le exige al Estado y que también éste tenga participación cuando corresponda en el diseño de esas viviendas. Algo de eso ya ha ido ocurriendo en el ministerio, pero no es un mandato constitucional ni un mandato de una ley, que puede ser derogada en un futuro. La idea es que eso no ocurra y que haya participación de los mismos involucrados en ese diseño de los lugares donde van quedando las viviendas”, agrega.

Benito Baranda, ex convencional constituyente.
Este diagnóstico es compartido por Ignacio Silva, encargado de Derechos Humanos en la Fundación Gente de la Calle: “Nos parece positivo que hoy en día se esté consagrando este articulado dentro de la nueva Constitución, porque viene a dar una señal potente que es que el Estado debe involucrarse y debe de alguna forma solucionar el déficit de vivienda en Chile, que hoy supera las 600 mil viviendas. Hoy son muchas las familias que viven en situación de extrema pobreza. Se ve en Chile este perfil de familias en situación de calle, sobre todo las familias migrantes. También de las personas que están en peligro de caer en situación de calle y que se ven obligados a arrendar y vivir hacinadas en las casas de sus familias, principalmente en los sectores pobres”.
Gente de la Calle es una fundación que trabaja desde 1994 con personas que –tal como indica su nombre– están en situación de calle. Silva explica que la organización ha evolucionado desde un rol asistencial a uno que incide en términos de políticas relacionadas con la vivienda. Es por esto que la fundación se propuso analizar el texto constitucional, concluyendo que la propuesta significa un notable avance en políticas de vivienda.
“No estábamos avanzando en algunos objetivos que el Estado se propuso desde el año 2014 con los objetivos de desarrollo sostenibles de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, en la que el Estado se comprometía a erradicar la extrema pobreza y con ello se veía comprometida la situación de calle. En este sentido, la propuesta de nueva Constitución viene a reafirmar y superar ese compromiso, a ponerse al día en cuanto al derecho internacional de Derechos Humanos y, por ende, también se consagra la titularidad de los derechos para todas las personas que residen en Chile”, dice Silva.
Pero la pregunta que surge es cuáles serían los efectos inmediatos que tendrá el texto constitucional, en caso de aprobarse. Baranda explica que las normas transitorias permitirían que los suelos de propiedad del Estado quedarán a disposición del Ministerio de la Vivienda de forma inmediata para utilizarlos en la construcción de viviendas.
“La norma transitoria que se aprobó, en la cual se mandata al Estado para acelerar y unificar los suelos estatales, sería un mandato inmediato para que los suelos estatales, que son de propiedad pública, se pongan a disposición del Ministerio de la Vivienda para que se analice si les sirve para acelerar la construcción de viviendas. Porque uno de los conflictos es la disponibilidad de suelos y no solamente de recursos. Si el Estado tiene propiedad de suelo y las Fuerzas Armadas tienen mucha propiedad de suelo, al igual que los organismos que dependen de ministerios y que tienen autonomía, así como también los ferrocarriles. Entonces, el efecto que tendrá en lo inmediato va a depender de que funcione adecuadamente el sistema de suelos públicos. Eso está mandatado en una norma transitoria”, explica.
Sobre esto, Silva añade que la norma transitoria abriría el camino para diseñar diversas políticas públicas enfocadas en levantar proyectos colectivos que den solución en parte al déficit habitacional que atraviesa Chile.
“Esto abre un abanico de posibilidades en tanto podamos sentarnos a discutir la calidad de los proyectos habitacionales que tiene Chile hoy en día y que deben considerar factores que estén alineados con las familias”, asegura.
Pese a esto, los expertos coinciden en que la problemática de la vivienda seguirá estando presente y que, más allá de las posibilidades que otorgaría la puesta en marcha de la norma transitoria, la crisis de vivienda que actualmente hay en Chile es difícil de superar.
“El resto del artículo va a ir progresivamente afectando al mandato del Ministerio de la Vivienda y a la legislación. No va a ser de manera inmediata. La crisis de vivienda va a durar mucho tiempo en Chile, tal como ha pasado en otros muchos países del mundo. Lo más probable es que progresivamente eso se va a ir resolviendo y enfrentando de manera más adecuada”, explica Baranda.
Desde un derecho individual a uno colectivo
Tan importante como el derecho a la vivienda, es el derecho a la ciudad y el territorio, explican Baranda y Silva. En el texto, se indica en el artículo 52 que “el derecho a la ciudad y al territorio es un derecho colectivo orientado al bien común y se basa en el ejercicio pleno de los derechos humanos en el territorio, en su gestión democrática y en la función social y ecológica de la propiedad”.
Esta propuesta significa una innovación en el paradigma del derecho social, ya que se entiende como una garantía colectiva y no únicamente individual.
“El texto se vincula también al derecho a la ciudad. Juntando el derecho a la vivienda con el derecho a la ciudad, yo creo que la primera gran innovación va a ser el pase a la inclusión de las personas dentro de la ciudad. El Estado va a tener que trabajar mucho, no solo en el diseño de las viviendas sino también de los espacios públicos que secundan a la vivienda. Allí me imagino que habrá mucha innovación”, dice Baranda.
De la misma forma, Ignacio Silva alega que, a diferencia de la Constitución actual, en la que –dice– existe un componente “excesivamente individual”, la nueva propuesta tendría un profundo sentido de comunidad.
“Hoy en día vemos que, a través de años de política, el acceso de la vivienda ha estado focalizado a través de los subsidios para que las personas puedan postular, y ya no solamente en los comités de vivienda para presentar proyectos colectivos en términos habitacionales. Esto viene a ser una oportunidad para reconstruir a la comunidad que está dañada y fracturada por los 40 años de neoliberalismo en Chile; eso se ve reflejado en el excesivo individualismo”, acusa.
De la misma forma, Silva añade que más allá del artículo en sí, lo realmente significativo es el hecho de que en el inicio del texto se asegure que Chile es una República solidaria.
“Ese es un componente que debe estar tanto en los gobiernos, en el sistema de gobierno y en la conformación de las leyes. Esto significa que ya no se debe solo pensar en que se va a recibir mi casa, mi metro cuadrado o solo mi familia, sino que lo empecemos a pensar en términos colectivos, incluir las personas que nos rodean en el mismo territorio”, expresa.

En los últimos años, ha aumentado de forma explosiva la cantidad de personas y familias viviendo en situación de calle, en carpas que actualmente se encuentran en diversas plazas, bandejones y otros espacios públicos de distintas ciudades. (FOTO: sjmchile.org)
El derecho a la vivienda desde una perspectiva feminista
Otro de los puntos relevantes que acoge la propuesta es la consideración que tiene el aseguramiento de viviendas de acogida para mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género.
El punto cuatro del artículo 51 dispone: “El Estado garantiza la creación de viviendas de acogida en casos de violencia de género y otras formas de vulneración de derechos, según determine la ley”.
Para Margarita Peña, integrante del comité feminista de vivienda de la Coordinadora 8 de Marzo, más allá del artículo por sí solo, es el texto en general el que tiene un carácter feminista.
“En realidad, el proyecto de nueva Constitución es la que tiene un carácter feminista. Tratamos de que el enfoque de género sea transversal en distintas materias en la Constitución y así se estableció. En cuanto a lo que es materia de vivienda, pudimos establecer estos puntos como reivindicaciones específicas de las mujeres”, asegura.
Peña explica que en la actualidad las viviendas de acogidas para mujeres que sufren violencia de género –dispuestas y gestionadas por el Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género (SernamEG)– son insuficientes, considerando la gran demanda que tienen, además de que las condiciones de estos recintos no son las más adecuadas.
“Ante esa realidad, que nosotras conocemos de cerca porque en la coordinadora participan mujeres que han tenido que pasar o actualmente habitan estas viviendas de emergencia o casas de acogidas, nosotras dijimos que esto debiese ser reconocido como una medida de protección, como una medida eficaz para salvar vidas destinado a las mujeres. Ahora, ¿cómo se implementa? Eso ya será materia de ley y también de la gestión del ministerio respectivo, o de comisiones interministeriales de Mujer, Desarrollo Social, Vivienda y Salud”, comenta.
La Coordinadora 8M tuvo un rol activo en la ideación de este artículo. Según explica Peña, quien participó en las sesiones de la Convención Constitucional, la organización puso el acento en dos asuntos: el sentido colectivo de las viviendas y un entorno libre de violencia.
“Como feministas pusimos el acento en dos cuestiones más, que tiene que ver con que el equipamiento de futuras viviendas, tanto al interior de la vivienda como en el entorno, sea un equipamiento que permita el desarrollo de cuidado de una mejor forma posible. Y ojalá, que se inicie y posibilite la socialización de las labores de cuidar, criar y educar a los hijos, incluso cocinar, estableciendo, por ejemplo, comedores comunitarios un día a la semana, para que las mujeres que se dedican exclusivamente a la crianza puedan socializar con sus vecinas, por lo menos durante un día a la semana. También un lugar de cuidado para los niños, ya que consideramos que la niñez en Chile sufre múltiples riesgos en sus poblaciones. Los niños de pronto vuelven del colegio y no tienen acceso a un computador ni a una buena sala de estudio. La pandemia reveló el hacinamiento que existe en los hogares y esas deficiencias estructurales de forma de vida generan o posibilitan ambientes de violencia”, concluye.