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	<title>Ley de transparencia &#8211; Puroperiodismo</title>
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	<description>La revista digital de Periodismo UAH.</description>
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		<title>Ley 20.285 sobre acceso a la información Pública</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Puroperiodismo]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 21 Apr 2011 20:32:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[acceso a la información]]></category>
		<category><![CDATA[documentos]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de transparencia]]></category>
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					<description><![CDATA[El 20 de abril de 2009 entró en vigencia la ley 20.285 sobre Acceso a la información pública, el primer cuerpo legal autónomo sobre la materia en nuestro país. Esta ley también creó el Consejo para la Transparencia, que es el organismo encargado de garantizar el cumplimiento del derecho consagrado.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h3>El 20 de abril de 2009 entró en vigencia la ley 20.285 sobre acceso a la información pública, el primer cuerpo legal autónomo sobre la materia en nuestro país. Esta ley también creó el Consejo para la Transparencia, que es el organismo encargado de garantizar el cumplimiento del derecho consagrado.</h3>
<p><small>» <a href="https://www.puroperiodismo.cl/?page_id=12017">Ir al especial de la ley 20.285</a><br />
» <a href="http://www.scribd.com/document_downloads/53568253?extension=pdf">Descargar ley 20.285</a></small> </p>
<p><iframe class="scribd_iframe_embed" src="http://www.scribd.com/embeds/53568253/content?start_page=1&#038;view_mode=list&#038;access_key=key-1sj4fy8ndml15iryndtr" data-auto-height="true" data-aspect-ratio="0.772727272727273" scrolling="no" id="doc_96978" width="100%" height="600" frameborder="0"></iframe><script type="text/javascript">(function() { var scribd = document.createElement("script"); scribd.type = "text/javascript"; scribd.async = true; scribd.src = "http://www.scribd.com/javascripts/embed_code/inject.js"; var s = document.getElementsByTagName("script")[0]; s.parentNode.insertBefore(scribd, s); })();</script><br />
<small><a title="View Leu 20.285 sobre Acceso a la información pública on Scribd" href="http://es.scribd.com/doc/53568253/Leu-20-285-sobre-Acceso-a-la-informacion-publica">Ley 20.285 sobre acceso a la información pública</a></small></p>
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		<title>«Acceso Inteligente», una alternativa para simplificar las solicitudes de información pública</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Patricio Contreras]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 21 Apr 2011 19:54:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[acceso a la información]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de transparencia]]></category>
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					<description><![CDATA[La Fundación Ciudadano Inteligente lanzó una plataforma colaborativa que facilita el ejercicio del derecho a la información, específicamente en relación a los requerimientos realizados a los órganos de la administración del Estado.
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h3>La Fundación Ciudadano Inteligente lanzó una plataforma colaborativa que facilita el ejercicio del derecho a la información, específicamente en relación a los requerimientos realizados a los órganos de la administración del Estado.</h3>
<p><a href="https://www.accesointeligente.org/AccesoInteligente/video/userguide.mp4" target="_blank"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="alignright size-full wp-image-12324" title="Presiona para ver un video sobre Acceso Inteligente" src="https://www.puroperiodismo.cl/wp-content/uploads/2011/04/Acceso-Inteligente.png" alt="Acceso Inteligente" width="250" height="200" /></a></p>
<p>El II Seminario Internacional «Transparencia como Modernización del Estado», organizado por el Consejo para la Transparencia, fue escenario para el lanzamiento de <a href="https://www.accesointeligente.org/AccesoInteligente/#home" target="_blank">Acceso Inteligente</a>, un portal que se suma a otras iniciativas web como <a href="http://www.votainteligente.cl/" target="_blank">Vota Inteligente</a> y <a href="http://www.donar.cl/" target="_blank">Donar</a>, desarrolladas por la Fundación Ciudadano Inteligente, una ONG abocada a la difusión de nuevas tecnologías para promover la participación ciudadana.</p>
<p>El abogado Felipe Heusser, presidente ejecutivo de la Fundación, alertó que, a dos años de la entrada en vigencia de la Ley de Transparencia, uno de los flancos débiles ha sido la promoción del derecho consagrado legalmente.</p>
<p>«Hay una necesidad de pedirle información al Estado. Y lo que trata de hacer Acceso Inteligente es responder a esa necesidad y facilitarle a los ciudadanos el ejercicio del derecho a la información».</p>
<p>Heusser fue el encargado de presentar las potencialidades del sitio web, las que podemos sintetizar en los siguientes puntos:</p>
<h4><span style="color: #800000;">1. PRIVACIDAD</span></h4>
<p>El usuario crea una cuenta en el portal y realiza sus solicitudes de información, pero es la Fundación Ciudadano Inteligente la que realiza computacionalmente el pedido. Felipe Heusser recalcó la relevancia de este «traspaso» de la identidad del solicitante, pues existen reparticiones como el Ministerio de Educación que exigen —en contra la ley— el rut de quien requiere la información. </p>
<h4><strong><span style="color: #800000;">2. AHORRO DE TIEMPO</span></strong></h4>
<p>El portal funciona como un canal único que permite al solicitante eludir una serie de «clicks» en la página del organismo para acceder al formulario respectivo. Además, todas las solicitudes de información realizadas a través de Acceso Inteligente serán públicas (salvo, repetimos, la identidad del solicitante), con el objeto de retroalimentar a otros usuarios en sus búsquedas y evitar la duplicidad de solicitudes, ahorrando tiempo.</p>
<h4><strong><span style="color: #800000;">3. ESTADÍSTICAS</span></strong></h4>
<p>Aunque aún no están disponibles, a medida que se produzca un cúmulo apreciable de solicitudes, Acceso Inteligente generará estadísticas adecuadas para monitorear, por ejmplo, los niveles de cumplimiento de los órganos públicos en materia de acceso a la información.</p>
<p><strong>Sitio web</strong>: <em><a href="https://www.accesointeligente.org/AccesoInteligente/#home" target="_blank">Acceso Inteligente</a></em></p>
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		<title>Cartografía de la transparencia: un mapa del acceso a la información en América Latina</title>
		<link>https://www.puroperiodismo.cl/cartografia-de-la-transparencia-un-mapa-del-acceso-a-la-informacion-en-america-latina/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Puroperiodismo]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 20 Apr 2011 19:46:33 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[acceso a la información]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de transparencia]]></category>
		<category><![CDATA[probidad]]></category>
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					<description><![CDATA[En diciembre de 2010, el Centro Knight elaboró un mapa para sintetizar el estado del acceso a a información en los países latinoamericanos. A dos años de la entrada en vigencia de la Ley de Transparencia en Chile (ley 20.285), vale la pena echar un vistazo a la situación del acceso a la información pública en otras latitudes.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h3>En diciembre de 2010, el <a href="http://knightcenter.utexas.edu/es/blog/nuevo-mapa-del-centro-knight-destaca-el-estado-del-acceso-la-informacion-en-america-latina" target="_blank">Centro Knight elaboró un mapa</a> para sintetizar el estado del acceso a a información en los países latinoamericanos. A dos años de la entrada en vigencia de la Ley de Transparencia en Chile (ley 20.285), vale la pena echar un vistazo a la situación del acceso a la información pública en otras latitudes.</h3>
<p><iframe width="600" height="700" frameborder="0" scrolling="no" marginheight="0" marginwidth="0" src="http://www.google.com/maps/ms?hl=en&amp;ie=UTF8&amp;msa=0&amp;msid=207095479404881230850.000496872559a3ac6e063&amp;source=embed&amp;t=h&amp;ll=-10.833306,-67.851562&amp;spn=103.536768,105.46875&amp;z=3&amp;output=embed"></iframe><br /><small>View <a href="http://www.google.com/maps/ms?hl=en&amp;ie=UTF8&amp;msa=0&amp;msid=207095479404881230850.000496872559a3ac6e063&amp;source=embed&amp;t=h&amp;ll=-10.833306,-67.851562&amp;spn=103.536768,105.46875&amp;z=3" style="color:#0000FF;text-align:left">Mapa del Centro Knight sobre acceso a la información en América Latina</a> in a larger map</small></p>
<p>Para ver la información por país debes presionar las marcas de colores. Las marcas azules indican leyes que regulan el acceso a la información. Las marcas rosadas, leyes aprobadas pero aún sin ser promulgadas. El amarillo se refiere a leyes en trámite. El rojo, a países donde el acceso a la información no existe como ley, incluso si el derecho tiene reconocimiento constitucional.</p>
<p><strong>Artículo relacionado</strong>: <em><a href="https://www.puroperiodismo.cl/?p=12127">Medios de comunicación y Acceso a la Información Pública: hacia una nueva etapa estratégica</a></em></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Medios de comunicación y Acceso a la Información Pública: hacia una nueva etapa estratégica</title>
		<link>https://www.puroperiodismo.cl/medios-de-comunicacion-y-acceso-a-la-informacion-publica-hacia-una-nueva-etapa-estrategica/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Pablo Contreras]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 18 Apr 2011 18:16:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Opinión]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de transparencia]]></category>
		<category><![CDATA[periodismo de investigación]]></category>
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					<description><![CDATA[En la siguiente columna, el abogado Pablo Contreras analiza cinco dimensiones de los mecanismos, beneficios, dificultades y resultados que se pueden desprender de la llamada Ley de Transparencia, un cuerpo legal fundamental en el trabajo de periodistas y medios de comunicación que abocan su tarea a la investigación.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h3>En la siguiente columna, el abogado Pablo Contreras analiza cinco dimensiones de los mecanismos, beneficios, dificultades y resultados que se pueden desprender de la llamada Ley de Transparencia, un cuerpo legal fundamental en el trabajo de periodistas y medios de comunicación que abocan su tarea a la investigación.</h3>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="alignnone size-full wp-image-12143" title="Consejo para la Transparencia" src="https://www.puroperiodismo.cl/wp-content/uploads/2011/04/Consejo-para-la-Transparencia.jpg" alt="Consejo para la Transparencia" width="600" height="322" /><br />
<small><span style="color: #808080;"><em>El Consejo para la Transparencia vela por el cumplimiento de la ley 20.285</em> | Captura: </span><a href="http://www.consejotransparencia.cl/consejo/site/edic/base/port/inicio.html" target="_blank">www.consejotransparencia.cl</a></small></p>
<p>A dos años de la entrada en vigencia de la nueva Ley de Transparencia (Ley 20.285), bien merece reflexionar sobre su uso estratégico por parte de los medios de comunicación y, en especial, por el periodismo de investigación. La experiencia inicial contrasta con los desafíos futuros del uso que reclama esta ley.</p>
<h4><strong><span style="color: #800000;">1. DESPUÉS DEL MORBO INICIAL</span></strong></h4>
<p>Cuando el gobierno de la ex Presidenta Bachelet promulgó la nueva legislación, los medios de comunicación se enfocaron inmediatamente en los datos que facilita la transparencia activa (artículo 7): las remuneraciones y las calificaciones personales de asesores y personal del Ejecutivo. Por primera vez, bajo obligación legal, los servicios debían publicar íntegramente tales datos en páginas web accesibles al público. El entusiasmo inicial pasó y dicha información dejó de ser visible en los medios. Aquí se demanda una tarea importante: cuando las autoridades cambian, los equipos cambian, y nuevos asesores llegan a puestos públicos sin fiscalización mediática sobre sus conflictos de interés o sus cualificaciones profesionales. Los casos actuales del Ministerio del Medio Ambiente o de algunos asesores de la Intendencia Regional del Bío-Bío demuestran que, en este ámbito, hay que mantener un ojo atento en cualquier cambio de autoridades y fiscalizar los equipos que llegan al poder. No basta con realizar el examen cada cuatro años.</p>
<h4><strong><span style="color: #800000;">2. ¿A QUIÉN PREGUNTO Y QUÉ PREGUNTO? </span></strong></h4>
<p>Efectuar eficazmente una solicitud de información va más allá de llenar un formulario: requiere una reflexión inicial de cómo puedo lograr la información que yo quiero con el menor costo posible (de tiempo, especialmente). La ley permite dirigir una solicitud a cualquier servicio y, si éste no es competente o no posee la información, el servicio tiene el deber de transferir la solicitud a quien corresponda. Si bien esta regla constituye un beneficio para los solicitantes –la solicitud no muere, sino que se transfiere– también importará, necesariamente, un aumento de la demora en la solicitud. Aquí convendría, primero, en asesorarse sobre quién puede ser competente, primero, y en caso de duda, enviar la solicitud de información simultáneamente a más de un servicio.</p>
<p>Qué pedir es un poco más difícil. En general, la ley busca dar acceso a información y no responder preguntas o inquietudes de los ciudadanos. Esto es central: los medios de comunicación deben saber, mínimamente, qué información requieren. Hay cuestiones sencillas: pedir decretos o resoluciones. Hay cuestiones más complejas: comunicaciones, memorandos, estudios, etc. El <a href="http://www.consejotransparencia.cl/" target="_blank">Consejo para la Transparencia</a> ha interpretado ampliamente el objeto de las solicitudes, por lo que, en principio, uno podría pedir prácticamente toda la información de que dispone un servicio, directamente o indirectamente, cuando uno se refiere genéricamente a “antecedentes”. Sin embargo, hay que tratar de ser quirúrgico y no disparar a la bandada: no pida “todos los antecedentes desde 1990” cuando basta pedir las resoluciones que autorizan tal o cual contrato con una empresa, por ejemplo.</p>
<h4><strong><span style="color: #800000;">3. EL PRONTUARIO DE TRANSPARENCIA/SECRETO</span></strong></h4>
<p>Algunos servicios son más accesibles que otros. Si uno conoce a su cliente es más fácil pedir información. Por otro lado, quienes han rechazado información pueden haber sido contrarrestados por las decisiones del Consejo para la Transparencia. Si ese es el caso, entonces una mirada a las decisiones previas del Consejo pueden ayudarle a construir una solicitud “fuerte”, amparada en precedentes del Consejo. Si éste ya autorizó cierta información similar a la que ahora pide, no se contente con una mera negativa por parte del servicio.</p>
<h4><strong><span style="color: #800000;">4. CRUZAR DATOS</span></strong></h4>
<p>Las solicitudes de información deben ser utilizadas de forma sistémica: esto significa que actúa con otros mecanismos de acceso a la información. Desde los registros del Conservador de Bienes Raíces hasta solicitudes informales. En el caso de los órganos del Estado que no están obligados a entregar la información —como el Congreso Nacional, el Ministerio Público o la Contraloría— una solicitud “informal” podría iniciar otros procedimientos en caso de denegación; por ejemplo, un recurso de protección. Lo relevante es articular la búsqueda con otras fuentes de información, desde Dicom hasta las declaraciones de intereses y patrimonio.</p>
<h4><strong><span style="color: #800000;">5. UNA TAREA CONTINUA</span></strong></h4>
<p>No todas las batallas se ganan: en ocasiones, la información se declara secreta. Sin embargo, la ley establece plazos de desclasificación para la información secreta. Hay aquí una tarea constante y de seguimiento para volver a cuestiones que no pudieron conocerse en su oportunidad que no por ello pierden relevancia. El monitoreo de los índices de secreto y la reactivación de solicitudes para desclasificar la información constituye un periodismo investigativo de largo plazo pero no por ello menos valioso. El plazo mínimo para desclasificar es de 5 años; empero, nada obsta a pedir antes la información, si ya no existen las razones que motivaron el secreto.</p>
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