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	<title>Ley de Prensa &#8211; Puroperiodismo</title>
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	<description>La revista digital de Periodismo UAH.</description>
	<lastBuildDate>Mon, 03 May 2021 08:08:39 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Detenciones ilegales de Carabineros hacia la prensa: dos historias de reporteros que grafican la vulneración a la libertad informativa</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Hristo Matus]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 03 May 2021 11:00:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho a la información]]></category>
		<category><![CDATA[3 de mayo]]></category>
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		<category><![CDATA[día mundial de libertad de expresión]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de Prensa]]></category>
		<category><![CDATA[libertad de expresión]]></category>
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					<description><![CDATA[Paulina Acevedo y Javier Arroyo son dos periodistas que fueron detenidos por Carabineros mientras ejercían su labor periodística. Ella cubría el traslado de la estatua del general Baquedano desde la plaza que lleva su nombre -rebautizada popularmente como Plaza Dignidad- y él hacía lo mismo durante un acto conmemorativo del Día del Joven Combatiente afuera de la Cárcel El Manzano, en Concepción. Ambos terminaron en libertad sin ningún cargo. Como ellos, se han registrado alrededor de 300 casos de comunicadores que, entre octubre de 2019 y marzo de este año, han denunciado agresiones con armas disuasivas y detenciones arbitrarias por hacer su trabajo, según datos del Observatorio por el Derecho a la Comunicación. ]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h3 style="text-align: center;"><i><span style="font-weight: 400;">Paulina Acevedo y Javier Arroyo son dos periodistas que fueron detenidos por Carabineros mientras ejercían su labor periodística. Ella cubría el traslado de la estatua del general Baquedano desde la plaza que lleva su nombre -rebautizada popularmente como Plaza Dignidad- y él hacía lo mismo durante un acto conmemorativo del Día del Joven Combatiente afuera de la Cárcel El Manzano, en Concepción. Ambos terminaron en libertad sin ningún cargo. Como ellos, se han registrado alrededor de 300 casos de comunicadores que, entre octubre de 2019 y marzo de este año, han denunciado agresiones con armas disuasivas y detenciones arbitrarias por hacer su trabajo, según datos del Observatorio por el Derecho a la Comunicación. </span></i></h3>
<hr />
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="font-weight: 400;">Paulina Acevedo trabajaba esa noche en su computador cuando supo de una noticia en curso en el sector de Plaza Italia, a dos cuadras de su casa: después de haber sufrido repetidos ataques vandálicos en el contexto de las protestas ciudadanas, estaban retirando la estatua del general Manuel Baquedano. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Eran cerca de las 23:00 del jueves 11 de marzo, en pleno toque de queda debido a la pandemia. Estando tan cerca, no lo pensó dos veces; tomó su credencial de prensa, su permiso único colectivo -que la autorizaba a trabajar a pesar de las restricciones-, se puso una mascarilla y partió a terreno para transmitir en directo para </span><a href="https://radiogalactika.cl/"><i><span style="font-weight: 400;">Radio Galáctika</span></i></a><span style="font-weight: 400;">, una radio online independiente con sede en San Antonio donde Acevedo colabora en paralelo a su trabajo como periodista del Observatorio Ciudadano.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Mientras esperaba el enlace con la radio, captó para sus redes sociales registros de cómo todo se preparaba para que la enorme grúa, ya instalada, removiera de su base la imagen recién pintada de Baquedano y su caballo, y la elevara varios metros por el aire, llevándola lejos de donde nunca se había movido desde su instalación en 1928. Pero el enlace no se concretaba. Después de hora y media allí sin poder conectarse, volvió a su casa para cambiar el equipo e invitó a su hijo para que la ayudara a tomar fotos. Volvieron a la plaza y ahí estuvieron ambos junto a otros equipos de prensa, cubriendo sin problemas la noticia por al menos una hora. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Pero en algún punto de la noche aparecieron dos manifestantes que desplegaron un lienzo. “Dignidad”, decía con letras rosadas. De inmediato fueron detenidos por Carabineros. Acevedo cuenta que se acercó para registrar con imágenes cómo los subían al carro policial, y que al darse vuelta vio que también se llevaban a su hijo. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">“</span><span style="font-weight: 400;">Les pedí explicaciones y les señalé que yo era prensa acreditada, que él estaba conmigo haciendo registros, pero la policía no escucha. Observé cómo mi hijo era llevado con suma violencia. Uno de los policías señaló que le harían un control de identidad en la comisaría”, recuerda Acevedo.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Su hijo ya estaba arriba del carro policial mientras exigía que lo soltaran. Pero los carabineros no la escuchaban. Así que extendió su mano para que su hijo le pasara su cámara fotográfica. Fue entonces que la agarraron a ella, y mientras gritaba que era periodista, que tenía todos los permisos para ejercer su labor, a jalones la subieron también al vehículo. “Es imposible razonar con la policía”, alega.</span><span style="font-weight: 400;"> </span></p>
<p>&nbsp;</p>
<h2><b>Una constante del último tiempo</b></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">Lo que le pasó esa noche a la periodista Paulina Acevedo está lejos de ser un caso aislado. Según antecedentes recabados por el Observatorio del Derecho a la Comunicación (ODC), desde octubre de 2019 se han registrado cerca de 300 casos de ataques por parte de fuerzas de orden público hacia la prensa mientras ésta ejercía su labor informativa. Esto ha ocurrido en distintas ciudades del país y ha afectado tanto a periodistas, fotógrafos/as y camarógrafos/as como a otros/as profesionales de las comunicaciones. Las agresiones han sido principalmente con armas disuasivas y detenciones que en casi la totalidad de los casos han sido declaradas ilegales. De eso da cuenta </span><a href="https://drive.google.com/file/d/19DAN9oy29lt5tQwGgODYEck-9v3RvI5p/view?usp=sharing"><span style="font-weight: 400;">un informe al que tuvo acceso </span><b>Puroperiodismo</b></a><span style="font-weight: 400;">, elaborado tras una reunión que sostuvieron el pasado 7 de abril representantes del Colegio de Periodistas y el presidente de la Corte Suprema, ministro Guillermo Silva.</span></p>
<h4><b>Ver informe</b><br />
<iframe id="doc_32103" class="scribd_iframe_embed" title="Informe ODC - Ineficacia de las acciones de protección y amparo en la tutela del ejercicio de la libertad de prensa (abril 2021)" src="https://es.scribd.com/embeds/505886269/content?start_page=1&amp;view_mode=scroll&amp;access_key=key-OwXd9q3rYpfeMn0lVCTZ" width="100%" height="600" frameborder="0" scrolling="no" data-auto-height="false" data-aspect-ratio="0.7080062794348508"></iframe></h4>
<p><span style="font-weight: 400;">El documento tiene por objeto exponer casos en los que la acción judicial se ha hecho presente en favor de la libertad de prensa en el contexto de las reiteradas agresiones a reporteros y periodistas, las que son definidas como “</span><i><span style="font-weight: 400;">efectos restrictivos sobre la libertad de expresión</span></i><span style="font-weight: 400;">”. En el informe también se expresa: </span><i><span style="font-weight: 400;">“Los actos de violencia contra la prensa tienen un triple efecto: vulneran el derecho de las víctimas a expresar y difundir sus ideas, opiniones e información; generan un efecto amedrentador y de silenciamiento en sus pares y violan los derechos de las personas y las sociedades en general a buscar y recibir información e ideas de cualquier tipo</span></i><span style="font-weight: 400;">”.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Para la realización del análisis, el ODC</span> <span style="font-weight: 400;">tomó en consideración los resultados de cuatro recursos de amparo y seis acciones de protección presentados a favor de profesionales de las comunicaciones en distintas cortes de Apelaciones del país. En la de Arica, por ejemplo, los autores </span><a href="https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/ADIR_871/apelaciones/documentos/newebookapelaciones.php?dtaEbook=eyJ0eXAiOiJKV1QiLCJhbGciOiJIUzI1NiJ9.eyJpc3MiOiJodHRwczpcL1wvb2ZpY2luYWp1ZGljaWFsdmlydHVhbC5wanVkLmNsIiwiYXVkIjoiaHR0cHM6XC9cL29maWNpbmFqdWRpY2lhbHZpcnR1YWwucGp1ZC5jbCIsImlhdCI6MTYyMDAwNDA0NiwiZXhwIjoxNjIwMDA3NjQ2LCJkYXRhIjp7ImNvZF9jb3J0ZSI6IjEwIiwicm9sX2NhdXNhIjoiMjExIiwiY29kX2xpYnJvIjoiMzUiLCJlcmFfY2F1c2EiOiIyMDE5In19.hXUveRPOModGsiAb7-Vq26t3feeUHumndGQUib9MD1w"><span style="font-weight: 400;">se refieren a un recurso de amparo</span></a><span style="font-weight: 400;"> interpuesto a favor de tres periodistas que en octubre de 2019 fueron detenidas mientras ejercían en medio del toque de queda, de las cuales dos  fueron objeto de desnudamientos; de un fotógrafo que recibió el impacto de perdigones en su brazo y su abdomen, disparados por efectivos de Carabineros a menos de cinco metros de distancia; y también a un grupo de reporteros gráficos que, a pesar de mostrar sus cámaras en señal de aviso de que eran miembros de la prensa realizando su trabajo, fue reprimido con escopetas de perdigones. El recurso fue admitido parcialmente y derivó en un sumario a cargo de Carabineros y </span><a href="https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/ADIR_871/penal/documentos/newebookpenal.php?dtaEbook=eyJ0eXAiOiJKV1QiLCJhbGciOiJIUzI1NiJ9.eyJpc3MiOiJodHRwczpcL1wvb2ZpY2luYWp1ZGljaWFsdmlydHVhbC5wanVkLmNsIiwiYXVkIjoiaHR0cHM6XC9cL29maWNpbmFqdWRpY2lhbHZpcnR1YWwucGp1ZC5jbCIsImlhdCI6MTYyMDAwNDM4MywiZXhwIjoxNjIwMDA3OTgzLCJkYXRhIjp7ImNvZF90cmlidW5hbCI6Ijk5MiIsImNycl9jYXVzYSI6IjExMjM3ODM0IiwiZXJhX2NhdXNhIjoiMjAyMCIsInJvbF9jYXVzYSI6IjQzNDcifX0.Yoiu1hBJ30ptZTjlrHHckCyoW__iPrv3H_T8TPCBTYE"><span style="font-weight: 400;">una investigación penal a cargo del Ministerio Público</span></a><span style="font-weight: 400;"> que fue formalizada la semana pasada en el Juzgado de Garantía de Arica.  </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">También se considera, entre otros, el caso de dos fotorreporteros que cubrían las protestas sociales y que </span><a href="https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/ADIR_871/apelaciones/documentos/newebookapelaciones.php?dtaEbook=eyJ0eXAiOiJKV1QiLCJhbGciOiJIUzI1NiJ9.eyJpc3MiOiJodHRwczpcL1wvb2ZpY2luYWp1ZGljaWFsdmlydHVhbC5wanVkLmNsIiwiYXVkIjoiaHR0cHM6XC9cL29maWNpbmFqdWRpY2lhbHZpcnR1YWwucGp1ZC5jbCIsImlhdCI6MTYyMDAwNDgyNSwiZXhwIjoxNjIwMDA4NDI1LCJkYXRhIjp7ImNvZF9jb3J0ZSI6IjkwIiwicm9sX2NhdXNhIjoiMjQ2MCIsImNvZF9saWJybyI6IjM1IiwiZXJhX2NhdXNhIjoiMjAxOSJ9fQ.JCmrmH3_eJbQ_WeQgRKcw9fDzYxvSK1SSEWHd722VoQ"><span style="font-weight: 400;">recurrieron de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago</span></a><span style="font-weight: 400;"> para solicitar el cese de actividades de inteligencia policial en su contra. En su caso, aunque el recurso fue inicialmente acogido por el tribunal, la Corte Suprema lo terminó revocando por ser supuestamente improcedente, en un fallo donde -dice el informe de la ODC- no existirían los fundamentos suficientes. La decisión judicial que dejó el caso en nada derivó en una presentación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), entidad que analizó en profundidad el caso chileno en el último informe de su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, donde en las 19 páginas que le dedica al país se da cuenta de distintos “ataques, intimidaciones y amenazas a periodistas y medios de comunicación, restricciones a la protesta social, decisiones judiciales y prácticas estatales que avalan la censura” (</span><a href="https://www.puroperiodismo.cl/libertad-de-expresion-bajo-amenaza-en-chile/" target="_blank"><span style="font-weight: 400;">ver artículo en </span><b>Puroperiodismo</b></a><span style="font-weight: 400;">).       </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Concluye el reporte del ODC: “</span><i><span style="font-weight: 400;">De las acciones identificadas (10) sólo en uno de los casos se acogió parcialmente la petición, el resto de recurso fueron rechazados (3), inadmitidos (5) o reconducidos (1). En términos generales cabe afirmar, que en el periodo analizado, tanto el recurso de amparo como el de protección han resultado ser acciones ineficaces para proteger a quienes realizan la labor </span></i><i><span style="font-weight: 400;">informativa frente a restricciones por parte de agentes del Estado. Ya sea por la inadmisión o por el </span></i><i><span style="font-weight: 400;">rechazo de las acciones interpuestas, los órganos de justicia no han ejercido ninguna de las amplias facultades de las que disponen para tutelar los derechos fundamentales, evitando declarar la vulneración de derechos o la ilegalidad de las conductas reprochadas. Solo en uno de los casos se </span></i><i><span style="font-weight: 400;">acoge, parcialmente, las peticiones de los recurrentes, ordenando la apertura de sumarios administrativos o investigaciones, entre otras medidas</span></i><span style="font-weight: 400;">”. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">De los casi tres centenares de casos registrados por el ODC entre octubre de 2019 y marzo de 2021, la mayor parte ocurrió en Santiago y, además de detenciones arbitrarias, incluyen agresiones con el uso de proyectiles, gas pimienta y carros lanza agua. El detalle desglosado considera 27 detenciones y 103 agresiones -dos de ellas con trauma ocular y pérdida de visión en uno de los ojos- entre el estallido social y diciembre de 2019; 75 detenciones y 21 agresiones durante todo 2020; y 22 detenciones y 38 agresiones en los tres primeros meses de este año.</span></p>
<div id="attachment_30743" style="width: 743px" class="wp-caption aligncenter"><img fetchpriority="high" decoding="async" aria-describedby="caption-attachment-30743" class="size-full wp-image-30743" src="https://www.puroperiodismo.cl/wp-content/uploads/2021/05/screencapture-observatorioderechocomunicacion-cl-2038-2-1620012465651.png" alt="Datos del Observatorio del Derecho a la Comunicación (ODC)" width="733" height="509" /><p id="caption-attachment-30743" class="wp-caption-text">Datos del Observatorio del Derecho a la Comunicación (ODC)</p></div>
<p><span style="font-weight: 400;">   </span></p>
<h2><b>La excusa del artículo 318</b></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">A las 11:45 del 29 de marzo, el periodista Javier Arroyo llegó a las afueras de la Cárcel El Manzano, en Concepción. Se había programado una convocatoria para un punto de prensa relacionado a una persona privada de libertad en el contexto del estallido social. Cuando Arroyo arribó no había nada más que dos retenes móviles y algunos policías parados alrededor de los vehículos. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El periodista del </span><a href="https://resumen.cl/"><span style="font-weight: 400;">diario </span><i><span style="font-weight: 400;">Resumen</span></i></a> <span style="font-weight: 400;">llamó por teléfono para corroborar si en algún momento había alcanzado a llegar alguien. Justo en ese momento recibe un mensaje de parte del medio explicando que los asistentes habían sido detenidos en el lugar. Él iba a responder ese mensaje cuando se le acercó un capitán de Carabineros para preguntarle qué hacía allí. Arroyo le explicó que estaba reporteando y le mostró su permiso temporal-colectivo que dispuso el medio, la credencial de reportero y su cédula de identidad. El oficial le respondió que no existía un permiso para reportear y que además el giro de la empresa era “publicidad y comunicaciones”, así que bajo ningún punto de vista su presencia se justificaba ahí.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El oficial explicó además que por las condiciones sanitarias respectivas a las fase 1 del Plan Paso a Paso, el punto de prensa era imposible. Mientras tanto, Javier Arroyo comenzó a grabar un audio de whatsapp para </span><i><span style="font-weight: 400;">Resumen </span></i><span style="font-weight: 400;">en el que le solicitó al capitán de apellido Espinoza que le explicara qué documentos debía tener para salir a reportear, a lo que él respondió que no daba cuñas. De un momento a otro, en palabras del periodista, “la situación comenzó a escalar”, y de ello quedó el siguiente registro:</span></p>
<blockquote class="twitter-tweet">
<p dir="ltr" lang="es">&#x1f534; <a href="https://twitter.com/hashtag/GRAVE?src=hash&amp;ref_src=twsrc%5Etfw">#GRAVE</a> • Carabineros detienen ilegalmente a reportero de Resumen pese a contar con salvoconducto mientras desempeña su labor.</p>
<p>Uno de los responsables es el capitán C. Espinoza, Concepción.</p>
<p>¡No mas ataques a la prensa alternativa! <a href="https://twitter.com/rsumen?ref_src=twsrc%5Etfw">@rsumen</a> <a href="https://t.co/GRhOD2WVVs">pic.twitter.com/GRhOD2WVVs</a></p>
<p>— La Izquierda Diario Chile (@LID_Chile) <a href="https://twitter.com/LID_Chile/status/1376565153316151307?ref_src=twsrc%5Etfw">March 29, 2021</a></p></blockquote>
<p><script src="https://platform.twitter.com/widgets.js" async="" charset="utf-8"></script><span style="font-weight: 400;">Acto seguido: Arroyo es detenido por Carabineros. Se resiste. Llegan al lugar más efectivos que, a la fuerza, lo suben al carro policial. El reportero del diario penquista pidió las justificaciones de su arresto, ante eso le respondieron que su detención se debía al </span><a href="http://bcn.cl/2p09i"><span style="font-weight: 400;">artículo 318 del Código Penal</span></a><span style="font-weight: 400;">, es decir, infringir las restricciones sanitarias. Aquel argumento esgrimido para su detención no era cierto y se los hizo notar, porque sí llevaba consigo todos los documentos al día. “Entonces, la detención es por desacato”, recuerda el periodistas que le respondieron.  </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Arroyo fue llevado a la 2ª Comisaría de Concepción, donde lo tuvieron retenido cerca de cuatro horas, para luego dejarlo ir sin cargos. Algo parecido a lo que le había ocurrido a Paulina Acevedo un par de semanas antes, pero en Santiago, mientras cubría la remoción de una estatua.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Cuando ella y su hijo llegaron a la 19ª Comisaría de Santiago, les incautaron sus equipos de reporteo. A él lo dejaron salir entre las 5:00 y 6:00 del viernes 12 de marzo, pero a ella, que tenía toda la documentación en regla para trabajar a pesar de las restricciones de movimiento, se lo hicieron más difícil: pasaría a control detención por supuestamente infringir el artículo 318 y resistirse a la detención, así que debía ir a constatar lesiones. Estuvo encerrada con una veintena de personas en la comisaría por cerca de 14 horas. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Cuando fue al control de detención, ella y su abogada se percataron de que el parte había sido adulterado, y que ahora se le imputaba haber participado en las manifestaciones que ocurrieron esa noche en la llamada Plaza Dignidad. Ella lo negó tajantemente, señalando que incluso había transmisiones en directo que mostraban que en ningún momento participó de los actos que le fueron imputados. En todo caso, “incluso, las personas que participaron de esos hechos fueron sobreseídas porque estaban en su derecho a expresarse”, cuenta.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Su caso fue desestimado y Acevedo quedó sin cargo alguno.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">“Hay un uso excesivo de la fuerza y un procedimiento irregular. No hubo situación que amerite mi arresto, y así lo dijo también en la audiencia el juez de detención y la misma fiscalía, al ver las pruebas que otorgaba la policía. Los cargos realizados eran inexistentes y, por lo mismo, debía ser puesta en libertad”, dice a </span><b>Puroperiodismo</b><span style="font-weight: 400;">. </span></p>
<p>&nbsp;</p>
<h2><b>“No tiene que ver con la ley, sino con decisiones políticas”</b></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">Danilo Ahumada, presidente del Colegio de Periodistas, dice que la mayoría de las detenciones hacia reporteros son por desórdenes o desórdenes graves en contexto de coberturas de protestas sociales o actos en contexto de pandemia, lo que significa tener que pasar una noche entera en un calabozo. De hecho, él mismo fue formalizado por esa razón el 1 de mayo de 2020.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Ahumada expresa además que “en casos como el mío hay querellas criminales: el intendente de la Región de Valparaíso </span><span style="font-weight: 400;">[Jorge Ramírez]</span><span style="font-weight: 400;"> se querelló contra mí por supuestos desórdenes graves y por infringir el protocolo del Covid-19. Esto generó un proceso de investigación que duró prácticamente un año. En marzo recién se determinó no seguir la investigación, por lo que quedé sin ningún cargo”. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Por eso fue que, en su calidad de dirigente del gremio, se juntó con el fiscal nacional Jorge Abbot para solicitarle que el Ministerio Público no avanzara en investigaciones contra periodistas, salvo que existan delitos comprobados o presunción de delitos.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El abogado Carlos Reusser, profesor de la cátedra de Derecho a la Información en la carrera de Periodismo de la Universidad Alberto Hurtado, reconoce la situación y señala que el tema se vuelve aún más complejo cuando en las detenciones arbitrarias existen violencia física o acusaciones falsas de por medio.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">“Si tú me dices que un periodista que está haciendo su trabajo es detenido ilegalmente para evitar que siga ahí, esto es un delito previsto por la ley de prensa. Si estás hablando de torturas, es otro tipo de vulneración que se encuentra en el Código Penal (apremios ilegítimos), y ante eso los periodistas pueden -y deben- reclamar. Si se están cometiendo delitos contra los periodistas por la policía es porque estos no se querellan”, dice Reusser.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Ante la pregunta de si es razonable endurecer la ley contra carabineros que realizan detenciones ilegales o levantan acusaciones falsas para justificar su accionar en contra de la prensa, Reusser dice: “La ley prohíbe el apremio ilegítimo, la ley prohíbe que los funcionarios públicos impidan la labor de periodistas. Esto no tiene que ver con la ley, sino con decisiones políticas: de cómo se construye Carabineros, qué respaldos le das, cómo les permiten seguir haciendo lo que hacen. No tiene que ver con cambios legislativos, son temas políticos y de sus instituciones”. </span></p>
<p><b>Puroperiodismo </b><span style="font-weight: 400;">se comunicó con Carabineros para solicitar una respuesta oficial por parte de la institución respecto a los protocolos y las repetidas acciones que han tomado contra periodistas, fotógrafos/as y camarógrafos/as durante el último año y medio, sin embargo, hasta el cierre de este reportaje no obtuvimos respuesta. </span></p>
<p>&nbsp;</p>
<h2><b>La contraofensiva</b></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">Tras su experiencia, Paulina Acevedo tomó acciones legales contra Carabineros. Alega que haber sido detenida y esposada, trasladada a un calabozo de una comisaría y después al Centro de Justicia para su control de detención, fue una vulneración de sus derechos y algo que le afectó profundamente. “No es decir ‘ya está, fui sobreseída y la causa fue archivada’. Son horas perdidas que nadie me devuelve”, dice, y asegura que perseguirá las responsabilidades de los policías involucrados hasta que se establezca que Carabineros falsificó un documento que presentó ante el tribunal, delito que se define como falsificación de instrumento público. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Pero la anterior es sólo una de las razones que la motivan a iniciar una contraofensiva. Su otra motivación es que “con esta querella busco que los periodistas y comunicadores denuncien. Si las denuncias empiezan a surgir, la justicia no las podrá eludir. Mi caso reviste diferentes elementos que podrían provocar una sanción a Carabineros, y lo busco es estimular a otros colegas”. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Acevedo aseguró a </span><b>Puroperiodismo </b><span style="font-weight: 400;">que efectuará una denuncia en la propia institución para que se haga un sumario administrativo. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En el caso de Javier Arroyo, Carabineros expresó que él se había opuesto a la detención y que también se le había solicitado otro documento, un contrato o certificado laboral. El periodista sostiene que ese punto es falso, porque el certificado laboral lo llevaba con él el día que lo detuvieron en Concepción. Eso lo agregó al recurso de amparo que presentó junto al Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) contra Carabineros. “El documento lo tenía en formato pdf, de hecho lo utilicé al día siguiente para ir a vacunarme”, cuenta Arroyo recordando esto último ya como una anécdota. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Carlos Reusser reafirma esta idea: “Nadie va a abogar por la vulneración de derechos que sufres, entonces son los mismos afectados quienes deben querellarse derechamente. Si renuncian a ese ejercicio no hay nada más que hacer”.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Ante la repetición de casos en que se han vulnerado los derechos de profesionales de las comunicaciones mientras ejercen su labor informativa, el ODC elaboró un instructivo básico para comunicadores, con recomendaciones e indicaciones paso a paso para conocer los protocolos de Carabineros y saber cómo prevenir o cómo proceder ante una posible detención. El documento íntegro lo pueden encontrar a continuación:</span><br />
<iframe id="doc_17603" class="scribd_iframe_embed" title="ODC2020_InstructivoBasico" src="https://es.scribd.com/embeds/505907260/content?start_page=1&amp;view_mode=scroll&amp;access_key=key-EiTzgviKPESV3zyVEE5F" width="100%" height="600" frameborder="0" scrolling="no" data-auto-height="false" data-aspect-ratio="0.7080062794348508"></iframe></p>
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		<title>Concentración de medios en Chile: ¿es posible una legislación antimonopolios en nuestro país?</title>
		<link>https://www.puroperiodismo.cl/concentracion-de-medios-en-chile-es-posible-una-legislacion-antimonopolios-en-nuestro-pais/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gianitsa Corral Georgudis]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 19 Aug 2013 20:34:42 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[concentración de medios]]></category>
		<category><![CDATA[legislación antimonopolios]]></category>
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		<category><![CDATA[Sergio Godoy]]></category>
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					<description><![CDATA[Le pedimos a Sergio Godoy, académico de la UC y experto en gestión y desarrollo de medios, que nos entregara su visión frente a este fenómeno.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h3>Tras la publicación de un <a href="http://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2013/08/13/la-inedita-concentracion-horizontal-de-medios-de-alvaro-saieh-que-supera-los-estandares-del-mundo-desarrollado/">artículo en <em>El Mostrador</em></a> sobre la concentración de medios por parte de Álvaro Saieh se ha reinstalado la pregunta respecto a la calidad de la legislación chilena sobre la propiedad medial. Le pedimos a Sergio Godoy, académico de la UC y experto en gestión y desarrollo de medios, que nos entregara su visión frente a este fenómeno. Él advierte que uno de los riesgos es la presencia de monopolios internacionales que apuestan solamente por la entretención y los contenidos envasados.</h3>
<div style="width: 610px" class="wp-caption alignnone"><img loading="lazy" decoding="async" src="https://ec.europa.eu/digital-agenda/sites/digital-agenda/files/Independent%20Study%20Media%20Pluralism%20pic.jpg" alt="" width="600" height="399" /><p class="wp-caption-text">Foto: <a href="http://ec.europa.eu/digital-agenda/en/independent-study-indicators-media-pluralism" target="_blank">Digital Agenda for Europe</a></p></div>
<p>«En principio sí estoy de acuerdo con que hayan restricciones al excesivo poder de mercado de empresas de cualquier tipo. Uno de sus efectos indeseables puede ser una restricción al pluralismo (ya sea ideológico, geográfico, de géneros de contenidos, etc.) pero también un freno a la innovación y a una mejor calidad —por ejemplo, la llegada de la tecnología digital es tan disruptiva para los medios tradicionales que ellos suelen oponerse a ella en todo el mundo. Y aunque no es precisamente muy concentrada, la radio como industria se las ha arreglado para coludirse y evitar que siquiera se discuta la digitalización de ese medio porque aumentaría la cantidad de canales disponibles (hoy son 35 canales FM y unos 25 en AM en cada zona de servicio).</p>
<p>Asumiendo que es posible distinguir con claridad entre diferentes mercados de medios (lo cual es cada vez más dudoso, debido a la convergencia tecnológica y a la corporativa), también es diferente lo que ocurre a nivel de mercados de audiencias y los de ingreso. En los mercados de audiencias de medios electrónicos (radio, TV, medios online) el consumo o exposición a un contenido determinado por un usuario no reduce la disponibilidad de ese contenido para los demás usuarios. Eso implica que no es tan grave que exista concentración medial porque basta que exista unos pocos medios «alternativos» a los dominantes para que el público pueda acceder a ellos. Por ejemplo, que <em>Canal13</em>, <em>TVN</em>, <em>Mega</em> o <em>CHV</em> dominen el rating no disminuye la capacidad de cualquier telespectador de acceder a <em>UCV</em>.</p>
<p>Otra cosa son los ingresos. Esos sí que son retenidos por las empresas dominantes y no pueden ser compartidos por los demás actores del sistema. Eso ocurre tanto a nivel de ingreso publicitario como ingresos por suscripciones y/o por fondos estatales. Eso quiere decir que una primera consideración al respecto tiene que ver con distinguir entre la concentración a nivel de audiencias y otra a nivel de ingresos.</p>
<blockquote><p>«Una alternativa interesante es ponerse en las botas del usuario y cómo su bienestar es afectado por la concentración. Y recién allí proceder con sanciones si corresponde».</p></blockquote>
<p>El problema es cómo llevar a la práctica estas restricciones de manera viable. Hasta ahora los mercados de medios se han analizado separadamente: radio separada de TV abierta, y ellas separadas respecto a diarios, TV cable, internet, revistas, agencias de publicidad y demás componentes de la cadena del valor medial.  A ello se superponen dimensiones de tipo geográfico (alcance nacional, internacional, regional, local) y de naturaleza corporativa (medios privados, públicos, con/sin fines de lucro, etc.).</p>
<p>Además es difícil demostrar los perjuicios a la diversidad ideológica que, en caso de demostrarse, no tienen necesariamente que ver con otros aspectos relevantes como la satisfacción del consumidor. Por ejemplo, el mercado de la TV cable es muy diverso en contenidos ideológicos (de hecho, permiten no sólo la existencia de canales locales en regiones sino además la existencia de canales de noticias como <em>CNN Chile</em>, <em>TVN 24 Horas</em>, los canales del Senado y la Cámara, <em>ARTV</em> y otros) pero el servicio al cliente suele ser mediocre, por lo tanto es más urgente atacar allí los problemas de derechos del consumidor que los de diversidad ideológica.</p>
<p>Una alternativa interesante es ponerse en las botas del usuario y cómo su bienestar es afectado por la concentración. Y recién allí proceder con sanciones si corresponde. Porque hay mercados, como el de las telecomunicaciones y de la TV cable, que son estructuralmente oligopólicos: no es viable económicamente que hayan más de unos pocos operadores. En todo el mundo, ese tipo de mercados tendientes al monopolio son regulados para evitar el maltrato al cliente y al ciudadano.</p>
<p>Sinceramente creo que, superados ya los traumas de la dictadura militar, hay más riesgos de un monopolio multicanal y multimedia de propiedad internacional, orientado a la entretención y con contenidos envasados del exterior. Debiera existir una legislación antimonopolios muy severa pero también realista y «liviana», que entre en acción con sanciones fuertes cuando se transgredan ciertos principios de diversidad, calidad y pluralismo —que debieran estar bien definidos de antemano».</p>
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