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	<title>161-A &#8211; Puroperiodismo</title>
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	<description>La revista digital de Periodismo UAH.</description>
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		<title>Algunas consideraciones sobre el revés judicial en el caso doctora Cordero-Chilevisión</title>
		<link>https://www.puroperiodismo.cl/algunas-consideraciones-sobre-el-reves-judicial-en-el-caso-doctora-cordero-chilevision/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gianitsa Corral Georgudis]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 27 Mar 2014 18:35:41 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[161-A]]></category>
		<category><![CDATA[cámara oculta]]></category>
		<category><![CDATA[Chilevisión]]></category>
		<category><![CDATA[código penal]]></category>
		<category><![CDATA[Doctora Cordero]]></category>
		<category><![CDATA[vida privada]]></category>
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					<description><![CDATA[Consultamos al abogado Pedro Anguita, autor del libro <em>El derecho a la información en Chile</em>, sobre la decisión de la Corte Suprema de anular el fallo que obligaba al canal a pagar una indemnización a la psiquiatra.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h3>Consultamos al abogado Pedro Anguita, autor del libro <em>El derecho a la información en Chile</em>, sobre la decisión de la Corte Suprema de anular el fallo que obligaba al canal a pagar una indemnización a la psiquiatra. «Para la Corte Suprema la demandante no probó el daño moral, por el que había sido condenado el canal», dice Anguita.</h3>
<div style="width: 610px" class="wp-caption alignnone"><img fetchpriority="high" decoding="async" alt="" src="http://img.emol.com/2013/08/21/cordero_184928.jpg" width="600" height="400" /><p class="wp-caption-text">Foto: <a href="http://www.emol.com/noticias/magazine/2013/08/21/615763/chilevision.html" target="_blank">El Mercurio</a></p></div>
<p>El 20 de marzo de 2014 la Corte Suprema <a href="http://www.cooperativa.cl/noticias/pais/judicial/corte-suprema/dra-cordero-perdio-demanda-contra-chv/2014-03-21/004620.html" target="_blank">anuló el fallo en contra de Chilevisión</a>, por el cual se lo obligaba a indemnizar con $50 millones a la doctora María Luisa Cordero por el uso de cámaras ocultas en el programa “En la mira” del 2003. En dicha emisión se mostraba a la psiquiatra entregando licencias médicas falsas a las personas que visitaban su consulta.</p>
<p>Además de absolver al equipo periodístico de cualquier responsabilidad en pos del ejercicio de su profesión, el máximo tribunal arguyó que la querellante no presentó pruebas contundentes que afirmaran un daño a su honra.</p>
<p>Conversamos con Pedro Anguita, abogado especialista en derecho de la información y docente de la Escuela de Periodismo UAH, acerca de este revés judicial.</p>
<p><b>—¿Cómo se explica que en una primera instancia Chilevisión fuera condenado a indemnizar a la doctora Cordero con $50 millones, y luego se anulara la sentencia?</b><b></b><br />
Tanto el 6to juzgado civil de Santiago como la Corte de Apelaciones habían acogido la demanda civil presentada por la Dra. Cordero. La Corte Suprema tuvo otro criterio, por lo que acogió el recurso de casación que interpuso la defensa del canal de televisión. Para la Corte Suprema la demandante no probó el daño moral, por el que había sido condenado el canal. Suele entenderse por daño moral el sufrimiento que padece una persona a consecuencia de un hecho ilegal. A veces nuestros tribunales han dicho que no se requieren pruebas, dado que se presume, y en otros casos, como el que comentamos, han declarado que sí debe hacerse. La doctora Cordero, a juicio de nuestro máximo tribunal, no acreditó que como consecuencia de la cámara oculta haya sufrido un dolor susceptible de ser reparado civilmente.</p>
<blockquote><p>«La doctora Cordero, a juicio de nuestro máximo tribunal, no acreditó que como consecuencia de la cámara oculta haya sufrido un dolor susceptible de ser reparado civilmente», dice Anguita.</p></blockquote>
<p><b>—¿Qué tipo de pruebas debiera haber presentado para comprobar que hubo un daño moral a su persona?</b><br />
La prueba del daño moral suele acreditarse con testigos, los cuales declaran sobre el estado de perturbación, de dolor, que le provocó el acto ilícito. También puede aportarse la declaración de psicólogos, psiquiatras que acrediten diagnósticos de depresión u otras enfermedades mentales a consecuencia del hecho reprochado al demandado, en este caso un canal de televisión.</p>
<p><b>—¿Se justifica el uso de cámaras ocultas sólo por el bien mayor de la sociedad, pasando a llevar los derechos de las personas grabadas?</b><br />
Como se trata de un procedimiento muy discutido, pues el periodista encubre su identidad haciéndose pasar por otra persona y sin advertir al filmado, no es un procedimiento honesto ni leal. Sin embargo, hay casos en los que no existe otra alternativa para obtener una información que es muy valiosa y con gran trascendencia social. Poder discernir en cuáles casos se justifica, es donde está el debate.</p>
<p><b>—En el Derecho comparado, ¿cómo suelen resolverse estas colisiones de derechos? </b><br />
No hay una tendencia uniforme, ni siquiera en cada país. Diría que este conflicto se resuelve según las variables y particularidades de cada caso, siendo una muy relevante: la justificación que dan los periodistas respecto al uso de este procedimiento discutible como es la cámara oculta.</p>
<p><b>—Has sido crítico del <a href="http://www.servicioweb.cl/juridico/Codigo%20Penal%20de%20Chile%20libro2.htm" target="_blank">artículo 161-A</a> que penaliza las situaciones de este tipo. ¿Ves en el corto o mediano plazo alguna posibilidad para reformularlo o derogarlo?</b><br />
El gobierno de Sebastián Pinera envió el pasado 10 de marzo, al Congreso Nacional, un proyecto de reforma integral del código penal. Las nuevas autoridades comparten la idea de sustituir nuestro ya antiguo código penal. El proyecto enviado reforma tanto la protección penal de la vida privada como la honra. Podría ser la oportunidad para despenalizar la protección de la honra, eliminando los delitos de injurias y calumnias. Y también de una buena tipificación de la protección de la vida privada que, a mi juicio, debería seguir teniendo una protección punitiva. El debate legislativo será, estimo, largo. Espero que tengamos mejores normas que las actuales.</p>
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		<title>Detienen a periodista Marcelo Garay</title>
		<link>https://www.puroperiodismo.cl/detienen-a-periodista-marcelo-garay/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Puroperiodismo]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 16 Sep 2010 20:38:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[161-A]]></category>
		<category><![CDATA[código penal]]></category>
		<category><![CDATA[Marcelo Garay]]></category>
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					<description><![CDATA[Se le acusa de infringir el artículo 161-A del Código Penal, que sanciona intromisiones a la vida privada.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong><span style="color: #800000;">Se le acusa de infringir el artículo 161-A del Código Penal, que sanciona intromisiones a la vida privada. Garay habría tomado fotografías de un fundo mientras cubría el conflicto mapuche, en mayo del año pasado.</span></strong></p>
<p><em>por</em><strong><em> </em>Soledad Vargas*</strong></p>
<p><img decoding="async" class="alignleft size-full wp-image-9230" title="Marcelo_Garay_D" src="https://www.puroperiodismo.cl/wp-content/uploads/2010/09/Marcelo_Garay_D.jpg" alt="Marcelo_Garay_D" width="250" height="200" />La mañana del 11 de septiembre pasado, el periodista  Marcelo Garay fue detenido por funcionarios de la Policía de Investigaciones. El Consejero del Colegio de Periodistas —y parte de medios como radio Nuevo Mundo y El Ciudadano— está acusado de infringir el artículo 161 A del Código Penal, tras tomar imágenes del conflicto mapuche en la región de la Araucanía, al interior de un fundo en mayo del 2009. El arresto se produce luego de ser notificado por el tribunal y no haberse presentado ante la justicia</p>
<p>En el trascurso de la tarde fue trasladado al recinto penitenciario de Temuco para ser formalizado en el juzgado de garantía de la ciudad.  Tras acudir a dicha audiencia quedó en libertad, pero no aceptó el juicio simplificado que se le ofreció por parte de tribunales, por lo que el 21 de septiembre deberá presentarse para el juicio oral.</p>
<p>Marcelo Garay arriesga una pena de 200 días de cárcel más el pago de 50 UTM (equivalente a 1.850.000 pesos).</p>
<p><strong><span style="color: #800000;">Reacciones</span></strong><br />
El diario El Mostrador señaló que este caso <a href="http://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2010/09/13/reporteros-sin-fronteras-denuncia-arresto-de-periodista-que-investigaba-conflicto-mapuche/" target="_blank">también ha causado alarma</a> en organismos internacionales como <a href="http://www.rsf-es.org/news/chile-arrestan-a-un-periodista-especializado-en-el-conflicto-mapuche/">Reporteros Sin Fronteras</a> que denunció el caso de Garay, planteando también las dificultades que tienen los periodistas tanto nacionales como extranjeros  para cubrir el conflicto mapuche</p>
<p>En defensa de la labor de su gremio Garay señaló a <a href="http://www.elciudadano.cl/2010/09/12/marcelo-garay-a-juicio-oral-por-empenarse-en-informar/">El Ciudadano</a>: “(Los periodistas) quieren ir un poco más allá en el cubrimiento de las reivindicaciones del pueblo mapuche y mostrar la otra cara de la moneda”.</p>
<p>Ante esta detención, el <a href="http://www.colegiodeperiodistas.cl/node/125">Colegio de Periodistas</a> también expresó su preocupación por las condiciones laborales de quienes informan. “Esto nos parece una prueba más del acoso de autoridades y policías que sufren los colegas a la hora de cumplir su trabajo, y un franco atentado contra el ejercicio de la profesión periodística y del derecho a la información de la ciudadanía”, publicaron en su sitio web.</p>
<h5 style="text-align: right;">{*Estudiante de primer año, Escuela de Periodismo UAH}</h5>
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