A pesar de la ley: nuevas trabas en el acceso a la información pública

Por Pedro Anguita

La entrada en vigencia de la Ley Nº 20.285 sobre Transparencia de la Función Pública y Derecho de Acceso a la Información de la Administración del Estado, instaurada el 20 de Abril pasado, posibilitará que los ciudadanos puedan ser activos fiscalizadores de las instituciones públicas. Un ejemplo es el que relataré sintéticamente a continuación.

El año pasado el Senador Girardi fue el protagonista de un acto que provocó, como pocas veces en el país, un masivo rechazo ciudadano. El motivo se generó debido a que una pareja de funcionarios policiales le cursó una infracción de tránsito por exceso de velocidad. El asunto que debió haber quedado como un incidente sin importancia, se trasformó en un hecho político de interés ciudadano, al saberse un par de meses después que Girardi presentó una denuncia por la conducta policial en razón por “no haber sido tratado con la debida deferencia”. El reclamo fue presentado ante Javiera Blanco, Subsecretaria de Carabineros, el cual reenvió a la Dirección General del cuerpo policial. Los dos funcionarios de Carabineros, que solo cumplieron con sus deberes, fueron sancionados, lo que fue fuertemente criticado por la ciudadanía, que observó un abuso de poder del parlamentario.

Para conocer otros casos de abusos de poder ocurridos durante el año 2008, fue que en virtud de la nueva ley de acceso a la información, solicité el 30 de abril pasado a la Subsecretaria de Carabineros y también a la Dirección General del la institución policial el motivo de todos los reclamos o denuncias presentados en contra de Carabineros con motivo u ocasión de un acto o procedimiento policial, así como el nombre de los denunciantes y el resultado, es decir, si fue acogido o desestimado.

Ambas instituciones respondieron parcialmente mi solicitud de información. Ambas negaron la entrega de los nombres de los denunciantes alegando que interfería el debido cumplimiento de sus funciones, ya que afectaba el derecho a la vida privada de los que habían presentado el reclamo. Sí enviaron una lista especificando el tipo de denuncia que la institución recibió durante el 2008.

Las respuestas y sus fundamentos no me dejaron conforme, motivo por el cual presenté un amparo de acceso a la información y un reclamo ante el Consejo para la Transparencia que deberá resolver el asunto, sin perjuicio de la revisión judicial a la cual todos los ciudadanos tenemos derecho ante la Corte de Apelaciones.

Me parece que una denuncia por un acto policial sobre una institución y/o funcionario público, no puede calificarse en caso alguno de afectar la privacidad de los reclamantes. Tampoco puede esgrimirse afectar el funcionamiento de las instituciones, puesto que el Estado y sus organismos públicos están al servicio de los ciudadanos. Tales antecedentes deberían formar parte de la información que Carabineros de Chile y su respectiva Subsecretaría deban exhibir en sus respectivos sitios Web institucionales. En gran medida tal publicación desalentaría denuncias infundadas en contra de funcionarios policiales y constituiría un fuerte incentivo para terminar con la institución del telefonazo estilo Girardi, que abusa del poder para sacarse los partes.



*Académico Escuela de Periodismo UAH. Profesor de Derecho a la Información.