La violencia obstétrica o ginecológica no existe en la legislación chilena. Aun así, una encuesta realizada el año pasado a más de 4.550 mujeres reveló que el 67% reconocía haberla sufrido durante el embarazo, el parto, el post-parto, en consultas regulares y/o al momento de consultar por una esterilización. Falta de información, funcionarios de la salud que se amparan en una ley cuya vigencia expiró hace más de 20 años y malos tratos son algunos de los obstáculos que enfrentan aquellas jóvenes que, por diversos motivos, han decidido que no desean atravesar un embarazo. Les dicen que son muy jóvenes, que aún están solteras o que en el futuro van a querer ser madres y se van a arrepentir. Mientras las iniciativas legales duermen en el Congreso, miles de mujeres se siguen enfrentando a un sistema que las violenta, vulnera y discrimina.
*Este reportaje fue realizado para el Taller de Reportajes y Perfiles de la Escuela de Periodismo de la Universidad Alberto Hurtado, dictado por el profesor Franco Fasola.
Carla Bravo (23) estaba acostada en la camilla de uno de los quirófanos del Hospital de Linares, rodeada de personal médico y luces brillantes que nublaban su vista. Mentalmente se preparaba para ser madre, pero físicamente se estaba sometiendo a una cesárea. Con la anestesia, dejó de sentir sus piernas. Como Carla nunca había pasado por una experiencia como esa, sintió un miedo incontrolable y entró en crisis de pánico. Comenzó a forcejear para ponerse de pie y sentir que podía caminar.
“¡No, se está levantando! ¡Amárrenla, amárrenla!”, habría gritado el ginecólogo a cargo de la cesárea, según recuerda Carla.
En medio del forcejeo, un enfermero la agarró con fuerza y amarró sus muñecas a la camilla para inmovilizarla. Le administraron altas dosis de anestesia inhalatoria para calmarla. Eso es todo lo que recuerda de su parto. Tenía tan sólo 15 años y fue entonces que decidió que nunca más tendría hijos; que no estaba dispuesta a vivir nuevamente esa experiencia.
Lo sucedido a esta joven linarense, lejos de ser un hecho aislado, forma parte de una práctica habitual en Chile conocida como violencia obstétrica. No está regulada específicamente en la legislación chilena, y de acuerdo al Observatorio de Violencia Obstétrica (OVO), se define como: “un conjunto de prácticas que degrada, intimida y oprime a las mujeres y a las niñas en el ámbito de la atención en salud reproductiva y, de manera mucho más intensa, en el período del embarazo, parto y postparto”.
Por otro lado, el Observatorio de Equidad de Género en Salud de Chile, conceptualiza este tipo de violencia como “aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales”.
Al no estar reconocida por ley, no existen en Chile datos oficiales al respecto, pero de acuerdo con una encuesta que realizó el año pasado la Colectiva Contra la Violencia Ginecológica Obstétrica, en la que se consultó a más de 4.550 mujeres de todo el país, el 67% reconoció haber sufrido algún tipo de violencia ginecológica. Que los y las funcionarias de la salud las juzgaban por sus prácticas sexuales (21%); que sus preguntas no eran debidamente atendidas (34%); que recibían comentarios denigrantes sobre sus cuerpos o sus genitales, su vestimenta y su higiene (18%); que fueron regañadas y/o amenazadas por parte del personal que atendió su consulta ginecológica (26%); que les realizaron tactos o “tocaciones” inapropiadas dado el motivo de su consulta y que les hicieron sentir vulnerada su intimidad (17%); y, entre otras cosas, que les aplicaron procedimientos para causarles intencionalmente dolor (20%).
De acuerdo con la Ley 20.584 sobre Derechos y Deberes de los pacientes, existe la posibilidad de emitir un reclamo administrativo respecto a la atención de salud recibida, como también otorga la posibilidad de recurrir a la Superintendencia de Salud en caso de presentar insatisfacción con algún procedimiento. Pero la ley no dispone medidas de reparación ni hace énfasis en el fenómeno de la violencia obstétrica. De hecho, ni siquiera aparece mencionada.
Ligadura de trompas e imposiciones sociales
Carla define todo su proceso de parto como un hecho “sumamente traumático”. Estuvo inconsciente la mayor parte del postoperatorio a causa de la anestesia, sin poder ingerir alimentos, con dolor de cabeza y vómitos simultáneos a causa del hambre. “Desde el parto yo quedé traumada. No quiero volver a tener hijos y pasar de nuevo por lo mismo. […] Tengo pesadillas en las que estoy embarazada y me despierto llorando porque no quiero estarlo nunca más”, dice.
Tenía claros los pasos a seguir. Una vez que se recuperara de la cesárea, agendaría una cita con su ginecólogo para concretar algo que ya tenía decidido: se ligaría las trompas uterinas para no volver a parir. De todos modos, nunca había estado en sus planes ser madre, y ahora que se veía a cargo de una hija siendo apenas una adolescente, y tras una experiencia traumática marcada por la violencia obstétrica, su decisión anticonceptiva cobró fuerza.
“El ginecólogo que me atendió era un hombre mayor y me retó, me retó mucho. Me dijo que yo era una niña, que no podía decidir sobre estos temas. Dijo que mi guagua era muy chica todavía y que se podía morir, entonces yo me iba a quedar con las ganas de ser mamá y no iba a poder”, relata con tristeza y añade: “¿Cómo pudo decir que mi hija se podía morir? Quizás sí, yo era muy chica, pero ahora tengo 23 años y sigo con la misma mentalidad. No quiero tener más hijos y este médico me negó la esterilización”.
La Ley 20.418 fija normas sobre información, orientación y prestaciones en materia de regulación de la fertilidad, y está vigente desde enero de 2010. Establece que en un caso como éste, Carla no podía acceder a un procedimiento de esterilización quirúrgica por ser menor de edad. Sin embargo, el especialista que la atendió aquella vez transgredió el Código Sanitario al negarle el derecho a la información, también comprendido como parte fundamental de esta ley.
Según el relato de la joven, a ella simplemente se le dijo que no podía esterilizarse por dos razones: ser muy joven y por un futuro deseo de maternidad. La ley mencionada especifica que el médico debió otorgarle la información completa, y explicarle que podría solicitar este procedimiento al cumplir 18 años. Crear escenarios ficticios para intimidar a la paciente es una forma de transgresión a la normativa. Carla no sabía esto y asimiló las palabras de su médico como una verdad absoluta. No volvió a preguntar por miedo a ser cuestionada nuevamente.
Mirada legal y conservadurismo obstétrico
Javiera Canales, abogada y directora ejecutiva de Miles Chile, explica que ningún profesional de la ginecología puede negarse a realizar un procedimiento de esterilización quirúrgica utilizando argumentos que apelen a creencias personales. Las razones más comunes que escuchan las usuarias son: “No te puedo esterilizar porque eres muy joven”, “no has tenido hijos”, “estás soltera”.
Canales aclara que aquellos profesionales que niegan el servicio bajo las razones señaladas, están incumpliendo la normativa actual del Código Sanitario que regula los procesos de fertilidad de las mujeres.
“La antigua norma te exigía un mínimo de hijos, edad y autorización del cónyuge, pero fue exenta el año 2000. De ahí en adelante, las mujeres necesitaban autorización del director de Servicio. En 2010 entró en vigencia la Ley 20.418, que establece que el único requisito es ser mayor de 18 años. […] y un médico no puede declararse objetor de conciencia en estos procedimientos porque la ley no cubre eso. La objeción de conciencia aplica solamente en casos de Ley 21.030 (Interrupción Voluntaria del Embarazo) para aquellos funcionarios de salud que entren a pabellón”.
La abogada afirma que, en la mayoría de los casos, las afectadas desisten en su deseo de llevar el tema a un ámbito judicial. “Las mujeres saben que demandar a los médicos puede ser un obstaculizador para su propio acceso a la salud. El médico va a seguir trabajando donde mismo, y si ella se atiende en salud pública, tendrá que seguir viéndolo. Es un gremio bastante politizado, y principalmente el gremio de la Ginecología y Obstetricia es bastante conservador”, explica.
Katiuska Rojas, matrona y directora ejecutiva de la Asociación Nacional de Matronas y Matrones de Chile (ASOMAT), comenta que aún sigue latente “esta mirada fundamentalista y conservadora”, marcada por el sexismo que el gremio arrastra desde el proceso educativo.
“La transgresión a los derechos sexuales y reproductivos se ve desde la formación universitaria, porque consiste en una enseñanza donde la forma de hacer salud se basa en decidir por otras mujeres. Eso no corresponde. Tiene que cambiarse en las aulas de futuros profesionales. Tú debes orientarlas y mostrarles sus opciones, no imponerles nada”, dice.

Demostración de una ligadura de trompas (Foto: Shutterstock)
En materia de posibles riesgos, Rojas explica que existen dos tipos de esterilización femenina. La primera es una ligadura de trompas uterinas, proceso que consiste en cortarlas y cauterizarlas para que no vuelvan a unirse. Es irreversible. El segundo método, utilizado en menor medida como una alternativa anticonceptiva, es la histerectomía (extirpación total del útero), generalmente solicitada por mujeres con endometriosis, antecedentes de cáncer o inclusive, personas en proceso de transición de género.
Una ligadura de trompas no impide la menstruación; la histerectomía sí. “Hay que tener en cuenta que parir es efectivamente un factor protector para el desarrollo de cáncer (cervicouterino o de mamas). La mujer que amamanta genera oxitocina, y esa es una hormona protectora contra células cancerígenas. Por otro lado, también tenemos mujeres con hijos y que han desarrollado cáncer de todos modos”, explica la directora ejecutiva de ASOMAT, quien sostiene que negar una esterilización y/o acceso a información de este procedimiento, consiste en una falta tanto legal como ética.
Rojas agrega: “Ya no podemos ser las matronas que dan indicaciones u órdenes, o peor, esas matronas que ejercen violencia obstétrica y ginecológica”.
Procedimiento en pausa
Carolina (26) es psicóloga clínica y solicitó un procedimiento de ligadura de trompas uterinas en 2019. Aún sigue en lista de espera.
“Lo solicité durante un control sano del Cesfam. Me mandaron a hacer los exámenes de rutina, pero ocurrió el estallido social y se paralizó todo. Luego empezó la pandemia y simplemente no hubo retorno. Cada vez que llamo para preguntar, es la misma respuesta: atención paralizada”.
Para esta joven de San Miguel, su deseo de esterilización se basa en una convicción social y política. Desea la maternidad, pero no biológica. Enumera los distintos conflictos bélicos que se han desarrollado en el mundo durante los últimos años, escasez de recursos naturales, desastres petroleros e inclusive hace mención a Chernobyl como una de las razones de su decisión. “¿A qué mundo los vas a traer? Prefiero esterilizarme yo a ser responsable de eso. Además, ya existen niños que lo están pasando pésimo siendo parte de servicios como el Sename; servicios que deberían ser protectores, pero no lo son”.
Para la familia de Carolina, su convicción no fue motivo de discusión. Se declara feminista y a favor del aborto. Sostiene que todos en su núcleo familiar comparten un pensamiento muy similar con respecto a las maternidades biológicas. “Para mi papá fue un poco más complejo. Me dijo que para él esto era una especie de luto porque no tendría nietos sanguíneos, pero entendió desde un principio que la decisión era personal”, cuenta y añade que el deseo de esterilizarse no era reciente, pero siempre que preguntaba obtenía la misma respuesta: no se puede esterilizar a mujeres jóvenes.
Frente a esta negativa constante, Carolina empezó a recolectar toda la información y legislación vigente para defender su petición. Así aprendió que la normativa que ciertos ginecólogos utilizan como método de amparo para negar estos procedimientos, fue derogada el año 2000. Imprimió la Ley 20.418, se la aprendió de memoria y se dirigió al Cesfam Barros Luco, dispuesta a pelear si se veía enfrentada a algún tipo de traba.
“Pensé que me iba a tocar igual que a todas, pero la matrona me dijo que estuviera tranquila porque ella siempre ha velado por los derechos reproductivos de las mujeres. Fue como un angelito”, dice.
Tras explicarle el funcionamiento de los distintos métodos anticonceptivos, le entregaron tres copias del formulario de consentimiento para ligadura de trompas uterinas. Aquel día, Carolina regresó muy feliz a su casa. Sentía que le había ganado al sistema. Pero han pasado casi dos años y todavía está en lista de espera. El Covid-19 ha paralizado distintos tipos de atención, y una esterilización femenina no constituye prioridad en la atención primaria.
Información imprecisa
Durante la realización de este reportaje, se contactó a un total de seis encargados comunicacionales del Ministerio de Salud y de la Subsecretaría de Redes Asistenciales para obtener respuestas en torno a la paralización de estos procedimientos quirúrgicos, y al mismo tiempo abordar la poca fiscalización a médicos que incumplen la actual Ley 20.418 sobre regulación de la fertilidad. La última respuesta data del pasado 29 de abril, donde una de las encargadas de prensa admite que los organismos técnicos a cargo desconocen la definición de esterilización femenina porque, según ellos, “no existe como tal”.
Sin embargo, esta definición se encuentra disponible en el documento del Ministerio de Salud titulado “Normas Nacionales sobre Regulación de la Fertilidad”, publicado en 2015. Se hizo envío de esta normativa, pero no hubo más respuesta. Desde Redes Asistenciales se dijo que era un tema a cargo del Ministerio de la Mujer, a pesar de ser una problemática de salud regulada por el Código Sanitario.
De acuerdo a los informes temáticos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para tener acceso pleno a derechos sexuales y reproductivos, los Estados deben mantener una conducta de transparencia activa. “La usuaria no tiene que ir a pedir la información, sino que debe estar disponible de forma permanente en las páginas de los servicios de salud. Si la información no está y la mujer tiene que ir y solicitarla, hay dos derechos vulnerados: incumplimiento convencional de tratados, es decir, la falta de transparencia activa. El segundo derecho que se está vulnerando es el derecho a adquirir esta información”, aclara Javiera Canales.
Proyectos de ley congelados en el Congreso
En el Congreso hay al menos dos proyectos de ley que han sido ingresados a trámite durante los últimos años para reconocer la violencia obstétrica y sancionarla. El primero fue presentado por un grupo de diputados y diputadas de la ex Nueva Mayoría a fines de enero de 2015 y nunca registró avance en su tramitación: fue enviado a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados y ahí quedó entrampado desde marzo de ese mismo año. El segundo, en cambio, partió como una iniciativa de la diputada Claudia Mix (Comunes) que contó con apoyo parlamentario transversal en octubre de 2018, y tras quedar congelado por más de dos años en esa misma comisión, en diciembre de 2020 fue requerido por la Comisión de Mujeres y Equidad de Género de la Cámara para continuar su tramitación.
Dice la moción que impulsó Mix: “Un estudio realizado por el Observatorio de Violencia Obstétrica muestra que 1 de cada 4 mujeres atendidas en el sector público recibieron violencia física al interior de los hospitales, y el 56,4% señala haber sido criticada o reprimida por expresar dolor y emociones al momento del parto. Este análisis, además nos muestra las brechas que se producen en cuanto a los establecimientos de salud. Por ejemplo, en experiencias donde los estándares de buen trato, comprensión, amabilidad, respeto por la intimidad de la mujer y empatía por los dolores, no se cumplen, son entre 3 y 7 veces más altas en hospitales que en clínicas. Se observa además que estos estándares de cuidado son peores en las experiencias de parto de mujeres de niveles educacionales más bajos y aquellas más jóvenes”.
Además de definir qué es violencia gineco-obstétrica, qué tipo de actos son catalogados como tal y definir una serie de derechos de la madre al momento del embarazo, el parto y el post-parto, se establece que “los prestadores de salud, públicos o privados, serán responsables de los daños que causen a la mujer en el ámbito de la gestación, preparto, parto, postparto y aborto en las causales establecidas por la ley, así como también las atenciones en torno a su salud ginecológica y sexual”.
Eso sí, desde que el proyecto pasó a la Comisión de Mujeres y Equidad de Género de la Cámara que no registra movimiento alguno.
Mientras la discusión legislativa sigue sin avanzar, tanto Carla como Carolina -al igual que miles de mujeres- enfrentan un sistema que las sigue violentando al optar voluntariamente por la esterilización. La primera, debido a una situación traumática del pasado. La segunda, por decisión política. Pueden ser motivos distintos, pero ambas siguen a la espera.
Carla fue duramente cuestionada por su ginecólogo en Linares y pensó que no podría hacer nada más al respecto; a Carolina le dieron el sí en Santiago, aunque desde 2019 que aguarda aquella llamada telefónica de confirmación para acercarse al Cesfam. Cree, a esta altura, que esa llamada nunca llegará. “Ya estoy analizando la posibilidad de solicitar el procedimiento a través del sistema privado, ¿te imaginas lo revolucionaria que sería esterilizándome en la Católica?”, finaliza Carolina entre risas.