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De la campaña al escrito: ¿Cómo quedan los derechos de las mujeres en la propuesta de una nueva Constitución?

Por ~ Publicado el 1 agosto 2022

La campaña está desatada para el plebiscito del 4 de septiembre, cuando la ciudadanía deba aprobar o rechazar la propuesta de una nueva Constitución para Chile. El escrito, que en total cuenta con 178 páginas, incluye 21 artículos que aluden directamente a derechos sociales, reproductivos y políticos de las mujeres, algo inédito en la historia constitucional del país. ¿Qué dicen y qué cambios propone el texto de cara al futuro? Puroperiodismo conversó con tres ex convencionales constituyentes feministas y otros expertos que analizan en este reportaje los posibles avances en materia de igualdad de género que surgieron en la primera instancia constituyente paritaria del mundo.

Por Maira Castillo y Martina Araya*


*Este reportaje fue realizado por estudiantes de tercer año de la carrera de Periodismo de la Universidad Alberto Hurtado, en el marco del Taller de Reportajes y Perfiles, impartido por el profesor Franco Fasola.

 

Paridad, perspectiva de género y enfoque de Derechos Humanos fueron las primeras premisas que levantaron las y los convencionales electos que hacían de la bandera feminista una bandera propia. El conjunto de normas que será sometido a plebiscito el próximo 4 de septiembre tiene alrededor de 21 artículos que buscan mejorar la situación no tan solo de las mujeres, sino también de las disidencias sexuales del país.

La Constitución que rige nuestro territorio nacional desde su promulgación en 1980, durante la dictadura de Augusto Pinochet, menciona tan solo una vez la palabra “mujer”. Es en el artículo 19, donde se establece que “hombres y mujeres son iguales ante la ley”. Aunque lo cierto es que la situación que viven las mujeres del país dista mucho de la frase escrita en el texto constitucional que en octubre de 2020 la ciudadanía votó mayoritariamente por cambiar.

Según datos del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), las mujeres en Chile ganan en promedio un 27% menos ingresos que los hombres. En cuanto a la brecha previsional, el último Informe de Género de la Superintendencia de Pensiones indica que existe una diferencia de 39% entre hombres y mujeres: las mujeres cotizan menos y sus jubilaciones son más bajas. Además, durante 2021 la Inspección del Trabajo recepcionó 593 denuncias de acoso sexual.

Las brechas antes mencionadas son solo algunos ejemplos de lo que llevó a las distintas convencionales feministas a trabajar para que quedaran plasmadas en el borrador ciertas reivindicaciones de género en la propuesta del nuevo marco que desarrolló durante un año la Convención Constitucional –la primera de carácter paritario en el mundo– y que el pasado 4 de julio fue entregada oficialmente al Presidente Gabriel Boric.

El resultado fue un texto que no sólo reconoce a las mujeres como sujetos de derecho, sino que además consagra en 21 de sus artículos derechos sociales, reproductivos y políticos específicos para ellas. Se propone allí también un sistema político en que la paridad de género sería un pilar clave y garantizaría además la presencia femenina en la toma de decisiones.

Para la ex convencional constituyente por el distrito 15, Loreto Vallejos, la diferencia parte con el hecho de que la Convención haya estado constituida en un 50% por mujeres.

“Los datos muestran que si no existe presencia importante de mujeres, ciertos temas no son tocados. Por lo tanto, que existan mujeres en paridad como piso en la futura estructura del Estado, va a significar que efectivamente los temas que protegen e importan de la perspectiva feminista y de las mujeres, van a poder ser abordados en profundidad”, dice.

Además de Vallejos, Puroperiodismo conversó también para este reportaje con las ex convencionales Damaris Abarca y Carolina Videla, que representaron a los distritos 15 y 1, respectivamente, durante el debate constituyente. Las tres forman parte de un grupo más amplio que arribó en julio de 2021 al edificio del ex Congreso Nacional y el Palacio Pereira enarbolando la bandera del feminismo y, a continuación, junto a otros expertos, analizan los principales avances que podrían materializarse en materia de género en caso de aprobarse en las urnas una nueva Constitución.

 

El camino para una nueva Constitución

“Ante la grave crisis política y social del país, atendiendo la movilización de la ciudadanía y el llamado formulado por S.E. el Presidente Sebastián Piñera, los partidos abajo firmantes han acordado una salida institucional cuyo objetivo es buscar la paz y la justicia social a través de un procedimiento inobjetablemente democrático”.

Este es el primer párrafo del llamado Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución que las distintas fuerzas políticas firmaron en el Congreso el 15 de noviembre de 2019, exactamente 29 días después de que explotara un estallido social en todo el país que lo puso todo de cabeza. Fue entonces que se definió la hoja de ruta que terminaría en la conformación de la Convención Constitucional.

El 25 de octubre de 2020 se plebiscitó la redacción de una nueva Constitución y el tipo de órgano que estaría a cargo de efectuarla. Votaron más de 7,5 millones de personas –convirtiéndose aquella en la elección de mayor participación en la historia de Chile– y ganaron el Apruebo con un 78,27% de los votos y la conformación de una Convención Constitucional conformada por 155 integrantes electos en las urnas, con un 78,99% de las preferencias.

Pronto llegaría la elección de los y las convencionales constituyentes. Nunca antes en la historia del país se había realizado una elección en dos jornadas –15 y 16 de mayo de 2021– y que, además, estuviera marcada por el criterio de la paridad y escaños reservados para pueblos indígenas.

El 4 de julio del mismo año, en una ceremonia marcada por varios incidentes dentro y fuera del ex Congreso Nacional, se conformó oficialmente y se dio inicio al trabajo de la Convención. El 18 de octubre se comenzó a escribir el borrador de una nueva Constitución y este año, específicamente el 28 de junio, se concluyó el proceso de escritura y armonización del texto, concluyendo así un año de labor constituyente. El texto oficial de la propuesta de nueva Constitución fue publicado el 4 de julio.

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Es ahí donde ya quedaron plasmadas las diferencias con la Carta Magna vigente, pasando las mujeres de tener apenas una única y solitaria mención general a ser protagonistas del texto de manera transversal.

Lieta Vivaldi, directora del programa Género, Derecho y Justicia Social de la Universidad Alberto Hurtado, en conversación con la Escuela de Facilitadores Constituyentes explicó que “la igualdad en la Constitución de 1980 estaba entendida de una forma formal, es decir, que en el papel somos iguales y, por lo tanto, ante un incumplimiento de esta igualdad formal podía alegarse que había cierto tipo de discriminación”.

“Desde 1999 se expresa que el hombre y la mujer son iguales ante la ley. En ese sentido, sabemos que mientras no hay acciones de parte del Estado y mientras no haya recursos para poder ejercer esa igualdad, una mera igualdad formal no es suficiente”, agrega.

La ex convencional Damaris Abarca se muestra de acuerdo con aquello y lo grafica destacando un punto clave: “Nosotros hoy avanzamos, partiendo porque en la Constitución del ‘80 nunca se menciona la palabra ‘paridad’ y hoy se consagra 17 veces en distintos órganos del Estado”.

 

Paridad como piso y no como techo

El estudio de la Agrupación Nada sin Nosotras llamado “Nueva Constitución y Mujeres: Oportunidad histórica de avanzar en igualdad de género y derechos humanos”, terminó siendo una radiografía a las expectativas y percepciones de las chilenas respecto al aporte que puede llegar a ser en sus vidas cotidianas la nueva Constitución. El documento devela que un 53,8% de las 1.000 mujeres encuestadas estima que la nueva carta tendrá un gran impacto en el avance de sus derechos.

Las ex convencionales Damaris Abarca, Loreto Vallejos y Carolina Videla son parte de las 77 mujeres que conformaron la Convención Constitucional y participaron activamente en el debate constituyente. De ellas, 46 de ellas se autodeclaraban abiertamente feministas. Al respecto, Abarca menciona que “la paridad no solamente incidió, sino que creó las condiciones para que pudiéramos participar mujeres, traer nuestra propia perspectiva y poder asegurar que todos estos avances quedaran consagrados en el borrador. La paridad llegó para quedarse”.

La importancia de ese último punto es ratificado por Videla, quien asegura que “una de las principales diferencias [con la Carta Magna vigente] es el reconocimiento de los derechos de las mujeres, establecer la democracia paritaria y un enfoque de género en toda la estructura de la nueva Constitución”.

Reducir la brecha de género en cuanto a la participación en cargos de poder ha sido una de las demandas históricas del movimiento feminista. Y ya había habido algunos avances en esa línea, en especial para las elecciones parlamentarias desde 2017, cuando se aplicó por primera vez una ley de cuotas en la composición de listas electorales. Si bien fue un avance, no garantizó la inclusión efectiva de las mujeres y al menos hasta 2021 el Congreso chileno aún estaba en la posición 99 a nivel mundial en cuanto a la conformación femenina de los poderes legislativos (ver columna de la politóloga Javiera Arce en CIPER).

En ese sentido, la reforma constitucional que estableció la paridad para la Convención fue un paso gigante que, en el debate constituyente que siguió a su conformación, se propuso establecer como un piso permanente no sólo para la conformación del Congreso, sino que para la del Estado en su conjunto.

paridad democracia

“Cuando hay un grupo que ha sido históricamente excluido de las decisiones, la única manera de empujar la igualdad es que se parta de la base de que al menos tiene que haber una mitad que sea de mujeres. Por lo tanto, no tengo ninguna duda de que el haber tenido una Convención con paridad hizo toda la diferencia”, explica Vallejos.

En cuanto a la participación activa de las mujeres en el mundo político, Carlos Cruz-Coke, abogado de la Universidad Central y profesor de Derecho Constitucional, plantea que “la tendencia en Chile venía incorporando a la mujer en lo público, aún nos falta bastante, sobre todo en el sector privado, pero lo que hace el proyecto de Constitución es innovar estableciendo la paridad como requisito para ser parte de cualquier estamento de carácter público”.

Vallejos menciona el proceso por el cual pasaron para llegar a impulsar la paridad en el proyecto de la Constitución y el esfuerzo que, como mujeres, tuvieron que hacer para superar sus posiciones políticas, porque ser feminista no significa pensar solamente de una manera.

“Hay distintas formas de ver la política, sin embargo, en todo aquello en que sí coincidimos, nos unimos y presentamos en conjunto todas estas normas para instalar desde el día uno la existencia de paridad en las mesas directivas, en cada comisión, paridad sustantiva, etc. Eso permitió, por ejemplo, que las coordinaciones de las comisiones tuvieran dos mujeres dirigiendo; es la paridad desde la base”, finalizó.

 

Nuevas normas constitucionales

Según un estudio elaborado por Corporación Humanas llamado “Hacia una Constitución feminista: 15 puntos mínimos”, para que existan condiciones para la concreción de una igualdad de género sustantiva, Chile debe contar con una nueva Constitución Política que considere contenidos mínimos surgidos a partir del reconocimiento de la desigualdad y la discriminación estructural.

Al respecto, Abarca indica que “la violencia no nace solamente por una acción física, sino que también por condiciones de desigualdad. En Chile, las mujeres vivimos en condiciones de desigualdad que, lamentablemente, hemos naturalizado. Las desigualdades que han sido sistemáticas hoy en día se intentan reparar incorporando también la participación de las mujeres en las tomas de decisiones”.

Como ya se mencionó, en la propuesta para una nueva Constitución existen 21 artículos que intentan mejorar las condiciones de vida de las mujeres y disidencias sexuales del país.

En el artículo 6, por ejemplo, se define de modo transversal para los distintos órganos del Estado el principio de paridad. En el artículo 161 se define el mismo principio para el sistema electoral en su conjunto. Se garantiza, además, el derecho de las personas al desarrollo y pleno reconocimiento de su propia identidad, incluyendo “las características sexuales, identidades y expresiones de género, nombre y orientaciones sexoafectivas” (artículo 62). Para las Fuerzas Armadas, se explicita la exigencia de incorporar la perspectiva de género en el desempeño de sus funciones y la promoción de la paridad en sus espacios de toma de decisiones (artículo 299). Y esos apenas unos ejemplos.

Las tres ex constituyentes consultadas por Puroperiodismo concuerdan en que son varias las normas que podrían cambiar la situación de las mujeres en caso de ganar la opción del Apruebo en el plebiscito del 4 de septiembre, pero hay tres que destacan entre las demás. La primera es el reconocimiento del trabajo doméstico dentro del borrador.

El Estado reconoce que los trabajos domésticos y de cuidados son trabajos socialmente necesarios e indispensables para la sostenibilidad de la vida y el desarrollo de la sociedad, que son una actividad económica que contribuye a las cuentas nacionales y que deben ser considerados en la formulación y ejecución de las políticas públicas”. (Artículo 11)

Este artículo busca reconocer, dignificar y visibilizar uno de los engranajes más importantes de la sociedad chilena. Hoy, según datos del INE en la última entrega de su Encuesta Nacional de Uso del tiempo, “sin importar el estado de ocupación, edad o nivel educativo de las mujeres, la totalidad de ellas realizan más trabajo de cuidados que los hombres, con un promedio nacional de 3 horas más al día. Asimismo, el estudio estableció que, al sumar el trabajo en el mercado laboral y el no remunerado, las mujeres ocupadas trabajan en total más horas que los hombres”.

Otra arista mencionada por las ex convencionales constituyentes es la norma consagrada en el artículo 17, la cual establece que todas la personas tienen derecho a recibir una Educación Sexual Integral que además erradique los estereotipos de género y prevenga la violencia de género y sexual.

“Todas las personas tienen derecho a recibir una Educación Sexual Integral, que promueva el disfrute pleno y libre de la sexualidad, enfocada en el placer; la responsabilidad sexo-afectiva; la autonomía, el autocuidado y el consentimiento; el reconocimiento de las diversas identidades y expresiones del género y la sexualidad; que erradique los estereotipos de género y prevenga la violencia de género y sexual”. (Artículo 17)

 Los datos oficiales no están actualizados, pues recién en mayo de este año el Ministerio de Salud anunció que llevará a cabo una Encuesta Nacional de Salud, Sexualidad y Género (ENSSEX), el primer estudio de este tipo después de 24 años.

Sin embargo, en 2014 el Instituto Nacional de la Juventud (INJUV) realizó una encuesta sobre Derechos Reproductivos en la que los jóvenes y adolescentes en su mayoría evaluaron la educación sexual impartida en sus colegio como regular (36%) o muy mala (34%). A su vez consideraron que la principal razón para usar condón era para prevenir un embarazo (71%) y un menor porcentaje señaló que utilizaba preservativos para evitar enfermedades de transmisión sexual (22%) o para protegerse del VIH/SIDA (6%). Los datos sólo muestran un reflejo de la urgencia que requiere una problemática como ésta.

El tercero de los aspectos Que Abarca, Vallejos y Videla destacaron entre los más importantes de la propuesta constitucional es la declaración de la democracia paritaria. Entre otras cosas, establece la responsabilidad del Estado en promover “una sociedad en la que mujeres, hombres, diversidades y disidencias sexogenéricas participen en condiciones de igualdad sustantiva”.

“El Estado reconoce y promueve una sociedad en la que mujeres, hombres, diversidades y disidencias sexogenéricas participen en condiciones de igualdad sustantiva”. (Artículo 2)

Lo anterior es reflejo de lo que ya se ha mencionado respecto a que Chile fue el primer país en tener una Convención con criterios de paridad y una de las primeras naciones en promover oficialmente en un texto constitucional y como uno de sus pilares una democracia abiertamente paritaria.

Los artículos antes mencionados son sólo un extracto de las 21 normas que empujaron las constituyentes feministas. El texto oficial y completo del proyecto de Nueva Constitución se encuentra disponible para toda la ciudadanía desde el pasado 4 de julio y lo puedes descargar pinchando aquí o en la imagen a continuación:

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